INSTRUCCIONES PARA LA TRAMITACIÓN DE LAS AYUDAS DE COMEDOR ESCOLAR Y TRANSPORTE – CURSO 2023 / 2024 –

1. SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

  • El modelo de solicitud de ayuda es diferente para el comedor y para el transporte escolar.

  • Hasta el 05 de julio de 2023.

2. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

a) Mediante borrador, para el alumnado que solicitó la ayuda en el curso escolar 2022/2023.

Para facilitar la gestión, el centro repartirá el borrador a cada alumno/a. La familia realizará su comprobación y lo devolverá al centro firmado por todos los/las solicitantes.

Además, este borrador se puede descargar e imprimir desde la aplicación WEB-FAMILIA.

Si alguno de los datos que figuran en el BORRADOR NO ES CORRECTO, se procederá a SEÑALAR LA CIRCUNSTANCIA que cambia en el APARTADO G del borrador, y PRESENTARLO EN EL CENTRO, JUNTO CON LA DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA.

b) Mediante solicitudes nuevas.

La solicitud de ayuda se realizará presentando el Anexo I y adjuntando la documentación acreditativa en el centro donde estará matriculado el alumnado durante el curso 2022/2023.

Puede recoger dicho Anexo I en la secretaría o descargarlo desde el siguiente enlace:

DESCARGA ANEXO I

3. CIRCUNSTANCIAS SOCIOFAMILIARES

Se valorarán las circunstancias sociofamiliares especiales del alumnado que se cumplan en el plazo de presentación de las solicitudes, obteniendo una puntuación máxima de 2 puntos, debidamente acreditados por las familias.

Alumnado de centros singulares de compensación de desigualdades

1 punto

Situación de desocupación o paro laboral del padre y madre y/o tutores, sin percibir ninguno de los dos prestaciones o subsidios por este concepto

1 punto

Condición de persona refugiada

1 punto

Hijo/a de familia monoparental

1 punto

Condición de persona toxicómana, alcohólica o reclusa en un centro penitenciario, del padre o de la madre o tutores (por una o varias de estas condiciones)

1 punto

Familia numerosa de cualquier categoría

1 punto

Diversidad funcional de algún miembro de la unidad familiar igual o superior al 33 %

1 punto

Huérfano/a absoluto/a

2 puntos

4. UMBRALES DE RENTA

Podrá participar el alumnado que en el curso 2022/23 esté matriculado en E. Infantil o Educación Primaria, siempre que la renta familiar durante el año 2022 no supere los siguientes importes:

Familias de 2 miembros………………………… 24.089,00 euros

Familias de 3 miembros…………………….. 32.697,00

Familias de 4 miembros …………………. 38.831,00

Familias de 5 miembros ………………….. 43.402,00

Familias de 6 miembros ………………….. 46.853,00

Familias de 7 miembros ………………….. 50.267,00

Familias de 8 miembros ………………….. 53.665,00

A partir del octavo miembro se añadirán 3.391,00 euros por cada nuevo miembro computable.

5. MIEMBROS COMPUTABLES DE LA UNIDAD FAMILIAR.

Son miembros computables, siempre que convivan en el domicilio familiar:

· La persona/s progenitora/s o representantes legales.

· El alumno o la alumna

. Los hermanos y hermanas menores de 26 años o mayores de esa edad cuando se trate de personas con diversidad funcional igual o superior al 33% que convivan en el mismo domicilio y siempre que no perciban ningún tipo de ingresos.

La justificación documental de los miembros de la unidad familiar se efectuará mediante la presentación de la copia compulsada del libro de familia (si no figura ya en el centro), certificación del Registro Civil o certificado de empadronamiento colectivo actualizado.

En caso de divorcio o separación legal de los padres, no se considerará miembro computable el que no conviva con la persona solicitante de la ayuda. Sin embargo, y esto se aplicará también en relación con la viudedad del padre o de la madre, sí tendrá la consideración de miembro computable, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por una relación análoga, aun cuando no se encuentre legalizada su situación de pareja de hecho, cuya renta se incluirá dentro del cómputo de la renta familiar.

En caso de custodia compartida se considerarán miembros de la unidad familiar aquellos que convivan en el domicilio en que se encuentre empadronado el alumno. Para ello deberá presentarse el acuerdo o resolución por la que se establece el régimen de custodia compartida y el certificado de empadronamiento.

Valoración de la renta per cápita

Se valorará de acuerdo con la siguiente tabla:

Hasta 393 …….…….20 puntos

De 0393,01 a 786 …….19 “

De 0786,01 a 1.179 ……18 “

De 1.179,01 a 1.572….. 17 “

De 1.572,01 a 1.965….. 16 “

De 1.965,01 a 2.358 …..15 “

De 2.358,01 a 2.751….. 14 “

De 2.751,01 a 3.144….. 13 “

De 3.144,01 a 3.537 …..12 “

De 3.537,01 a 3.930….. 11 “

De 3.930,01 a 4.323….10 puntos

De 4.323,01 a 4.716….. 9 “

De 4.716,01 a 5.109 …..8 “

De 5.109,01 a 5.502 …..7 “

De 5.502,01 a 5.895 …..6 “

De 5.895,01 a 6.288 …..5 “

De 6.288,01 a 6.681 …..4 “

De 6.681,01 a 7.074 …..3 “

De 7.074,01 a 7.467 …..2 “

Más de 7.467 …..1 punto

Más información:

RESOLUCIÓN de 30 de mayo de 2023, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la cual se convoca la concesión de ayudas de comedor escolar en los centros educativos no universitarios públicos y privados concertados para el curso escolar 2023-2024.

WEB FAMILIA (Descarga borrador)

ANEXO I: Solicitud de Ayuda de Comedor Escolar.