El artículo 36 del Decreto 48/2024, de 23 de abril, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por el que se regula el proceso de admisión del alumnado, establece que cada centro podrá asignar 1 punto al alumnado en quien concurra la circunstancia específica determinada por el consejo escolar de los centros públicos.
