Tasas

Tasa anual de la EOI curso 2024-25

Puedes consultar las tasas de las escuelas oficiales de idiomas para el curso 2024-25 (actualmente hay una reducción del 10% hasta el 31/12/24). La tasa de matrícula se paga solo una vez al año en la matrícula:

  • Apertura de expediente alumnado nuevo ingreso: 23,35€.
  • Curso niveles A2-C1: 82,54€.
  • Curso nivel C2: 96,30€.
  • Curso repetidor/a: 96,30€.
  • Curso intensivo: 59,61€.

El alumnado que se matricula por primera vez en una EOI de la Comunitat Valenciana debe abonar «Apertura de expte.» + «Matrícula del curso». El que ya estuvo en una, solo deberá pagar el importe del curso.

Bonificaciones

Reducción del 50% del pago de las tasas:

a) Personas con una discapacidad igual o superior al 33 %.
b) Miembros de familias monoparentales de categoría general.
c) Beneficiarios de familia numerosa de categoría general.

Exención total del pago de tasas:

a) Beneficiarios de familia numerosa o familia monoparental de categoría especial.
b) Las personas que hayan sido víctimas de violencia de género (al amparo de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre) y víctimas de actos contra la mujer (artículo 9.1 y 9.2 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat).
c) Las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de actos terroristas (de acuerdo con el artículo 38 de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre).

d) Alumnado beneficiario de becas, conforme a la normativa vigente en materia de régimen de becas y de ayudas personalizadas al estudio con cargo a los presupuestos generales del Estado, por los siguientes conceptos.
d.1) Matrícula por asignatura.
d.2) Asignatura pendiente.
d.3) Examen de reválida o aptitud.
d.4) Derechos de examen (ciclos elemental y superior).
d.5) Prueba de acceso.

e) Alumnado que haya estado sujeto al sistema de protección de menores o al sistema judicial de reeducación en algún período de los tres años anteriores a la mayoría de edad.

f) Alumnado que sea mayor de 16 años y participe en programas de preparación para la vida independiente de los menores de acuerdo al artículo 22 bis de la Ley orgánica 1/1996, como complemento a una medida de protección jurídica del menor.

g) Alumnado mayor de 16 años y menor de 18 años, y tenga a su cargo personas con diversidad funcional o menores de edad, o que hayan sido víctima de explotación sexual o trata, o víctima de violencia intrafamiliar.



Devolución de tasas:

MUY IMPORTANTE: Antes de solicitar la devolución de tasas, deberá solicitar la cancelación de su matrícula en la Secretaría del centro o bien a través del correo electrónico 03015579.secret@edu.gva.es.

A efectos de devolución de tasas, el período de matriculación mencionado en el punto 5 del artículo 14.2-7 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas, se entenderá hasta el 2 de octubre de 2020 en el caso de los cursos curriculares. Una vez iniciadas las clases o en los casos previstos en el artículo 9.10 de la Orden 87/2013, solo se hará devolución de tasas en los supuestos que prevé el punto 2 del artículo 1.2-6 de la Ley 20/2017.

Estos supuestos son:

a) Cuando la no utilización, la no prestación o la no realización sea imputable a la Administración.
b) Cuando la no utilización, la no prestación o la no realización tenga su origen en una causa de fuerza mayor, la devolución será procedente con la solicitud previa de la persona interesada, siempre que esta pruebe suficientemente la fuerza mayor.

El usuario que precise solicitar la devolución de tasas lo tendrá que hacer telemáticamente mediante el enlace que se indice más abajo. El o la solicitante tendrá que indicar qué devolución de tasa concreta pide y adjuntar la documentación que acredite las circunstancias alegadas para solicitar la devolución. Las circunstancias alegadas y los certificados presentados tienen que estar vigentes en la fecha en que se realizó el pago.

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=21211&version=amp