Si por cualquier motivo no puede continuar asistiendo a clase, puede solicitar la renuncia de matrícula para que no compute la convocatoria. Si se concede la renuncia, el alumnado ya no estará matriculado, no podrá realizar los exámenes finales y, en caso de querer presentarse a las Pruebas Unificadas de Certificación (PUC), tendrá que inscribirse como alumno libre pagando las tasas pertinentes.
Diferencia entre renuncia justificada y sin justificar:
- Renuncia sin justificar: No ha de presentar ninguna documentación y se concede automáticamente. Si se desea volver a matricularse el próximo curso escolar, tendrá la misma prioridad que un estudiante de nuevo ingreso a la hora de hacer la solicitud telemática. El plazo acaba el último día hábil del mes de enero.
- Renuncia justificada: Ha de presentar, obligatoriamente, un justificante de los motivos que alegue. El equipo directivo evaluará su solicitud basándose en la normativa aprobada por el Consejo Escolar. En caso de ser aceptada, en el curso escolar inmediatamente siguiente, se tendrá prioridad de matrícula sobre el nuevo alumnado en el idioma al que se ha renunciado. El plazo acaba el último día hábil del mes de marzo.
La renuncia no da derecho a la devolución de las tasas pagadas a la Conselleria de Hacienda.
La normativa vigente especifica que no podrá percibir beca quienes causen baja antes de finalizar el curso escolar. Por este motivo, comunicaremos a la Conselleria de Educación las renuncias de matrícula tramitadas y a partir de este momento, su solicitud de beca será anulada. Si la Conselleria ya le ha concedido y abonado la beca, reclamará al alumnado que devuelva el importe que se le haya concedido.
La renuncia de matrícula ha de hacerse en la secretaría del centro. Puede consultar el horario aquí.