Becas de comedor

 Resolución ayudas comedor curso 2015-2016 y descarga de impreso de solicitud

 

GUÍA DE AYUDAS DE COMEDOR ESCOLAR 2015 – 2016
 

Orden: Orden 63/2015, de 12 de junio, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convoca la concesión de ayudas de comedor escolar en los centros educativos para el curso 2015/2016. [2015/5640]

Resolución: Resolución de 17 de junio de 2015, de la consellera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convoca la concesión de ayudas de comedor escolar en los centros educativos no universitarios públicos y privados concertados para el curso escolar 2015-2016.[2015/5843]

 

Plazo de presentación de solicitudes: Hasta 6 de julio

 

Beneficiarios: Alumnos CEIP Racó de l’Albir desde Infantil de 3 años hasta 6º de Primaria.

 

REQUISITOS MÍNIMOS

 

 

 
 

Composición unidad familiar Renta familiar del 2014

Familias de dos miembros 24.089,00 €

Familias de tres miembros 32.697,00 €

Familias de cuatro miembros 38.831,00 €

Familias de cinco miembros 43.402,00 €

Familias de seis miembros 46.853,00 €

Familias de siete miembros 50.267,00 €

Familias de ocho miembros 53.665,00 €

A partir del octavo miembro se añadirán 3.391 € a la renta de la unidad familiar por cada nuevo miembro computable

 
 
 

 
 

 

DOCUMENTACIÓN
 

 

Impreso de solicitud
®

Recoger en conserjería o descargar desde la web: http://www.mestreacasa.gva.es/web/racodelalbir

Una única solicitud para las ayudas de transporte y comedor para alumnos de toda la familia bien cumplimentadas y firmadas.

Identificación de los solicitantes

®

Fotocopia del DNI/NIF/NIE/Pasaporte del padre y madre y respectivos cónyuges o personas unidas por análoga relación.

Identificación del alumno

®

NIF del alumno, si tiene.

Justificación de los miembros  de la unidad familiar

®

Copia compulsada del libro de familia.

 

Se considerará miembro de la unidad familiar los hijos todavía no nacidos.

®

Certificado médico oficial donde conste la el estado y semana de gestación.

Divorcio o separación

®

No se considera miembro computable el que no vive con el solicitante de la ayuda.

Sí se considera miembro computable la pareja del solicitante.

Custodia compartida

®

Se considerarán miembros de la unidad familiar aquellos que convivan en el domicilio en que se encuentre empadronado el alumno/a(Régimen custodia compartida y empadronamiento)

Renta familiar anual del ejercicio 2014

®

No hay que aportar el documento de la renta. Con la entrega de la solicitud, se autoriza a Consellería a consultarla.

 
 

 

 
 
 
 
 
 
 

 
 
 
 
 
 
 

 
CIRCUNSTANCIAS SOCIOFAMILIARES
 

 
 

Situación de desocupación o paro laboral del padre y de la madre sin prestaciones  o subsidios(1 punto)

®

       Se realizará de oficio por la Administración.

Hijo de familia monoparental (1 punto)

®

Título d familia monoparental; en caso de no tener dicho carné Fotocopia del libro de familia y certificado de defunción en caso de viudedad o sentencia judicial firme de separación o divorcio y certificado municipal de convivencia o informe de los servicios sociales.  

Familia numerosa (1 punto)

®

Título o carné de familia numerosa en vigor, o fotocopia del libro de familia y si mujer gestante se deberá aportar certificado medico

Discapacidad física o psíquica de algún miembro de la unidad familiar igual o superior al 33% (1 punto)

®

Fotocopia de la calificación oficial de discapacidad igual o superior al 33% expedida por la Consellería de Bienestar Social por cada miembro de la unidad familiar.

Toxicómano, alcohólico o recluso

(1 punto)

®

Certificado del director/a del centro penitenciario o certificado acreditativo expedido por un médico especialista.

Condición de refugiado político

(1 punto)
®

Presentación de documentación del Ministerio del Interior.

Alumnado con condición de huérfano absoluto.
(2 puntos)
®
 
 

Libro de familia o certificado del Registro Civil

Baremo aplicable.

 

Renta anual por cápita. Resultado de dividir la renta familiar anual entre el número de miembros de la unidad familiar.

(La puntuación del baremo y las circunstancias socio-familiares no podrá ser superior a 20 puntos)

®

Hasta 393 € 20 puntos
de 393,01 € a 786 € 19 puntos
de 786,01€ a 1.179 € 18 puntos
de 1.179,01 € a 1.572 € 17 puntos
de 1.572,01€ a 1.965 € 16 puntos
de 1.965,01 € a 2.358 € 15 puntos
de 2.358,01 € a 2.751 € 14 puntos
de 2.751,01 € a 3.144 € 13 puntos
de 3.144,01 € a 3.537 € 12 puntos
de 3.537,01€ a 3.930 € 11 puntos
de 3.930,01 € a 4.323 € 10 puntos
de 4.323,01 € a 4.716 € 9 puntos
de 4.716,01 € a 5.109 € 8 puntos
de 5.109,01 € a 5.502 € 7 puntos

de 5.502,01 € a 5.895 € 6 puntos            

de 5.895,01 € a 6.288 € 5 puntos
de 5.288,01 € a 6.681 € 4 puntos
de 6.681,01 € a 7.074 € 3 puntos
de 7.074,01 € a 7.467 € 2 puntos
más de 7.467 € 1 punto

 
 

 

CONCESIÓN DIRECTA DE LA AYUDA
 

 

Alumnado en situación de acogida o residencial

 
®

Se tendrá que acreditar por medio de certificado del director/a del centro de acogida dependiente de la Consellería con competencias en materia de bienestar social, o del órgano competente en los casos de acogida en familias educadoras.

 

Hijos de víctimas de violencia de   

género
®

Copia compulsada de la orden de protección a favor de la víctima o sentencia definitiva condenatoria.

Hijos de víctimas de violencia de   

terrorismo
®

Copia compulsada de la correspondiente resolución del Ministerio del Interior

* Este documento es un guía/resumen pero deben consultar la resolución oficial, anteriormente señalada.

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