MEMORIA CURSO 2023/2024
Memoria_anual_23_24_46006537Información CHEQUE LIBRO 1º y 2º de Primaria. Curso 2023-2024.
Extraescolares 2023-2024 Academia Millington Drake, los responsables de la academia de inglés que imparte clases en el colegio por las tardes, nos ha proporcionado la información para el curso que viene y un panfleto con su propuesta educativa de cursos y actividades, que podéis pedir en papel al tutor/a (por la agenda) o ver aquí en este enlace en formato digital.
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NUEVA NORMATIVA LOMLOE
Principales novedades LOMLOE 3/2020
Esto afecta en diversos aspectos relevantes como la organización y elementos del currículo. Se modifican asignaturas y varía el plan lingüístico (con el consecuente cambio en libros de texto). La evaluación es desde una perspectiva competencial. La posible única repetición en la etapa y sólo a final de ciclo (1 ciclo son dos cursos y hay 3 ciclos en Primaria y uno en Infantil). Se realizan pruebas de diagnóstico en 4º de primaria. La religión es de oferta obligatoria, pero voluntaria, junto con la atención educativa, ambas no computables. Se incorpora el área de valores cívicos y éticos, en el tercer ciclo para todo el alumnado.
Para facilitar la comprensión, resumimos algunos elementos curriculares:
Objetivos: logros que se espera que el alumnado haya alcanzado al finalizar la etapa y cuya consecución está vinculada a la adquisición de las competencias clave.
Saberes básicos: Conocimientos, destrezas y actitudes que constituyen los contenidos propios de un área o ámbito (grupo de áreas) y cuyo aprendizaje es necesario para la adquisición de las competencias específicas.
Situaciones de aprendizaje: Actividades que implican actuaciones asociadas a competencias clave y competencias específicas y que contribuyen a la adquisición y desarrollo de las mismas.
Competencias clave: Desempeños que se consideran imprescindibles para que el alumnado pueda progresar con garantías de éxito en su itinerario formativo, y afrontar los principales retos y desafíos globales y locales.
a) Competencia en comunicación lingüística.
b) Competencia plurilingüe.
c) Competencia matemática y competencia en ciencia, tecnología e ingeniería.
d) Competencia digital.
e) Competencia personal, social y de aprender a aprender.
f) Competencia ciudadana.
g) Competencia emprendedora.
h) Competencia en conciencia y expresión culturales.
Descriptores operativos: Los descriptores operativos de las competencias clave constituyen, junto con los objetivos de la etapa, el marco referencial a partir del cual se concretan las competencias específicas de cada área.
Competencias específicas: Desempeños que el alumnado debe poder desplegar en actividades o en situaciones cuyo abordaje requiere de los saberes básicos de cada área o ámbito. Las competencias específicas constituyen un elemento de conexión entre, por una parte, el perfil de salida del alumnado, y, por otra, los saberes básicos de las áreas o ámbitos y los criterios de evaluación.
Criterios de evaluación: Referentes que indican los niveles de desempeño esperados en el alumnado en las situaciones o actividades a las que se refieren las competencias específicas de cada área en un momento determinado de su proceso de aprendizaje.
Perfil de salida: Constituye la concreción de los principios y fines del sistema educativo referidos a la educación básica que fundamenta el resto de decisiones curriculares.
Principios de la LOMLOE, entre los que resalta la importancia de la coeducación. Los derechos de la infancia . La igualdad de género, la diversidad afectivo-sexual. La personalización del aprendizaje. El desarrollo sostenible y la ciudadanía mundial. La competencia digital.
- Cumplimiento efectivo de los derechos de la infancia.
- Calidad en la educación, sin discriminación para todo el alumnado.
- Equidad que garantice la igualdad de oportunidades.
- Transmisión y puesta en marcha de valores, poniendo hincapié en la lucha contra el acoso escolar.
- Aprendizaje a lo largo de la vida.
- Flexibilidad para respetar la diversidad.
- Autonomía para la comunidades en el marco de las competencias.
- Participación y valoración del esfuerzo de toda la comunidad educativa.
- Educación para la prevención de conflictos y su resolución pacífica.
- Fomento de la igualdad efectiva, prevención de la violencia de género y respeto a la diversidad sexual.
- Función docente como factor esencial de la calidad de la educación.
- Investigación, experimentación e innovación educativa.
- Evaluación del conjunto del sistema educativo.
- Cooperación entre las distintas administraciones educativas.
- Derecho de los padres , madres y tutores legales a elegir el tipo de educación y centro.
- Educación para la transición ecológica, contribuyendo a la sostenibilidad ambiental.
Fines de la LOMLOE:
- Pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos.
- Educación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales.
- Educación en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de la convivencia.
- Responsabilidad individual, mérito y esfuerzo personal.
- Formación para la paz y adquisición de valores en el respeto hacia los seres vivos, los derechos de los animales y el medio ambiente.
- Desarrollo de la capacidad de los alumnos para regular su propio aprendizaje.
- Formación en el respeto, reconocimiento de la pluralidad lingüística y cultural de España.
- Adquisición de hábitos de trabajo y conocimientos en todos los ámbitos.
- Capacitación para el ejercicio de actividades profesionales de cuidados y colaboración social.
- Capacitación para la comunicación en lengua oficial, cooficial y extranjera.
- Preparación para la participación activa en la vida económica social y cultural.
- Capacitación para garantizar la plena inserción del alumnado en la sociedad digital.
INFANTIL:
- Son EEI aquellos que tengan niños (0-6) de manera regular en calendario escolar (art.12).
- Detección precoz y atención temprana de NEAE (art. 12).
- Ejercitarse en la empatía, evitar cualquier tipo de violencia, promover la igualdad de género (art. 13).
- El Gobierno regulará los requisitos mínimos para los centros del primer ciclo (art. 14).
- Incremento de plazas gratuitas en el primer ciclo (art. 15) en un plan de 8 años (disposición adicional tercera propia de la LOMLOE)
- Todos los centros deben estar autorizados y supervisados (art. 15).
PRIMARIA:
- Se recuperan los ciclos (art. 18).
- Reorganización de las áreas y posibilidad de ámbitos (art. 18).
- Tercer ciclo: Educación en valores cívicos y éticos (art. 18).
- Segunda lengua extranjera o materia transversal (art. 18).
- Para evitar la repetición escolar, disminución de ratios (art. 20).
- Una sola repetición en la etapa y al final del ciclo (art. 20).
- Evaluación de diagnóstico en 4º: carácter orientador y censal (art. 21).
MODIFICACIONES LEGISLATIVAS:
Se modifican las siguientes normas:
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en gran número de artículos
- Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación: se modifican los artículos 4, 5.5, 6, 7.3, 8, 25, 50, 54.2, 56,1, 57, 59.1 y 60.
- Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades: se modifican los apartados 2 y 3 del artículo 42.
- Ley Orgánica 5/2002 de 19 de junio de las Cualificaciones y de la Formación Profesional: se modifican los artículos 4.1 a), 5.3, 7 y 10.
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: se modifica el artículo 83.1.
Se derogan las siguientes normas:
- LOMCE Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre para la mejora de la calidad educativa
- Real Decreto-Ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN:
Ya está en vigor la Ley y en este curso 2020-2021 se aplican las modificaciones relativas a:
- La participación y competencias de Consejo Escolar, Claustro y director o directora.
- La autonomía de los centros docentes.
- La selección del director o directora en los centros públicos.
- La admisión de alumnos.
Al inicio del curso 2021-2022 se aplicarán las modificaciones relativas a:
- Evaluación y condiciones de promoción de las diferentes etapas educativas.
- Condiciones de titulación de Educación Secundaria Obligatoria, ciclos formativos de grado básico y Bachillerato.
- La titulación de las enseñanzas profesionales de Música y Danza.
- Las condiciones de acceso a las diferentes enseñanzas.
Aplicación del nuevo currículo, organización y objetivos de las enseñanzas:
- 2022-23: Cursos impares de Educación Primaria (1º, 3º, 5º), ESO (1º,3º), Bachillerato (1º) y C.F. Grado Básico (1º)
- 2023-24: Cursos pares de Educación Primaria (2º, 4º, 6º), ESO (2º,4º), Bachillerato (2º) y C.F. Grado Básico (2º)
El Consejo Escolar competencias como órgano de control y gobierno: (art. 127)
- Aprobar y evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley.
- Aprobar y evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado en relación con la planificación y organización docente.
La Dirección competencias: (art. 132)
- Diseñar la planificación y organización docente del centro, recogida en la programación general anual.
Selección del director/a comisión: (art. 135)
- ⅓ profesorado claustro,
- ⅓ CE que no son docentes
- ⅓ Administración con un director o directora en activo en centros que impartan las mismas enseñanzas.
Disposición adicional cuarta (propia de la LOMLOE)
- Plan para que, en el plazo de diez años, los centros ordinarios cuenten con los recursos necesarios para poder atender en las mejores condiciones al alumnado con discapacidad.
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