INFORMACIÓN SOBRE LA DETERMINACIÓN DE LA LENGUA BASE AL INICIO DE LA ESCOLARIZACIÓN EN EDUCACIÓN INFANTIL

En relación con la determinación de la lengua base al inicio de la escolarización en Educación Infantil, dentro del proceso de admisión para el curso 2025-2026, las familias deben tener la información siguiente:

1.Para determinar la lengua base en el nivel de entrada de Educación Infantil se considerarán todas las solicitudes de admisión presentadas en primera opción.

2.Una vez determinada la lengua base de las unidades correspondientes al nivel de entrada continuará el procedimiento de admisión con la asignación de la puntuación a cada una de las peticiones formuladas en cada solicitud.

3.Hay que recordar que en cada solicitud se pueden especificar hasta 20 centros con las combinaciones de la lengua base, castellano o valenciano, de preferencia para cada familia.

4.En el caso de que se desee optar en un mismo centro a las dos modalidades de lengua base, hará falta seleccionar 2 veces el mismo centro, una para cada lengua base y según su prioridad. Todo esto en aplicación de la Ley 1/2024, de 27 de junio, de la Generalitat, por la que se regula la libertad educativa:

El artículo 8, en referencia en las localidades ubicadas en la zona de predominio lingüístico castellano indica: «Cuando exista una demanada de alumnado suficiente para constituir una unidad, cuyos representantes hayan elegido el valenciano como lengua base, y no exista oferta laboral suficiente de puestos escolares en dicha lengua base en el procedimiento de admisión de alumnado, la administración educativa adoptará las medidas oportunas para satisfacer dicha demanda.» Además, los puntos 4 y 5 del artículo 9, para las localidades ubicadas en la zona de predominio lingüístico valenciano, establecen que:

«4. Para determinar la lengua base al inicio de la escolarización en Educación Infantil se considerarán las solicitudes presentadas por los representantes legales del alumnado durante cada proceso de admisión de alumnado. Para ello, se tendrán en cuenta las solicitudes presentadas para el primer nivel del segundo ciclo de Educación Infantil. En el supuesto de escuelas infantiles y colegios de Educación Infantil y Primaria que oferten también el tercer curso del primer ciclo de Educación Infantil, se tendrán en cuenta también las solicitudes para dicho nivel. De entre las solicitudes indicadas anteriormente, se calculará el porcentaje de familias que opta por cada lengua base, valenciano o castellano, a partir de la lengua elegida en la primera opción consignada en cada solicitud de admisión.

5. En base al porcentaje de familias que haya optado por cada lengua base, valenciano o castellano, se determinará para cada centro el número de unidades de Educación Infantil de 3 años en que cada lengua cooficial será la lengua base, de acuerdo con la tabla contenida en el anexo I de la presente ley. En el supuesto de escuelas infantiles y colegios de Educación Infantil y Primaria que oferten también el tercer curso del primer ciclo de Educación Infantil, la determinación de la lengua base de las unidades se realizará dicho nivel.»

Avís de privacitat

Este lloc web utilitza només cookies tècniques necessàries per al seu funcionament. No s’emmagatzemen dades amb finalitats publicitàries ni es comparteixen amb tercers. S’utilitza analítica interna sense cookies, i només es recull la IP amb finalitats de seguretat.

Veure política de cookies