Convalidaciones y exenciones ESO

 Convalidaciones y exenciones en ESO de varias asignaturas:

El alumnado que carrera simultáneamente enseñanzas profesionales de música y o danza o bien que acredita la condición de deportista de alto nivel, de alto rendimiento o de élite o con la condición de personal técnico, entrenador, arbitral o juez de élite de la Comunidad Valenciana, podrá beneficiarse de convalidaciones y exenciones.

Para solicitar la convalidación y/o exención, habrá que presentar en la secretaría del centro, alguno de los anexos siguientes:

  • Anexo I – en caso de cursar o haber cursado enseñanzas profesionales de Música
  • Anexo II – en caso de cursar o haber cursado enseñanzas profesionales de Danza
  • Anexo III – en caso de ser deportista de alto nivel, de alto rendimiento o de élite o con la condición de personal técnico, entrenador, arbitral o juez de élite de la Comunidad Valenciana.

Este documento, junto con fotocopia del DNI y la documentación correspondiente, se tendrá que presentar antes del 31 de octubre.


LAS MATERIAS OBJETO DE CONVALIDACIÓN Y EXENCIÓN NO SERÁN TENIDAS EN CUENTA EN EL CÁLCULO DE LA NOTA MEDIA DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.


Convalidación de la materia de Música en Educación Secundaria Obligatoria

Para convalidar la materia de Música  en los niveles que se indican, el alumno tiene que haber superado una de las asignaturas que se apuntan en la mesa.

Convalidación de la materia de Música para el alumnado que cursa la ESO y cursa o ha cursado enseñanzas profesionales de música o danza
Materia y curso de Educación Secundaria Obligatoria Enseñanza profesional Materia con la que se convalida
Música de 1.º curso Música 1.º curso de Instrumento o Voz
Música de 2.º curso Música 1.º curso de Instrumento o Voz
Música de 4.º curso Música 2.º curso de Instrumento o Voz
Música de 1.º curso Danza 1.º curso de Música
Música de 2.º curso Danza 1.º curso de Música
Música de 4.º curso Danza 2.º curso de Música

Convalidación de la materia optativa de 1.º, 2.º, 3.º o 4.º curso de ESO por enseñanzas profesionales de Música o Danza

En la ESO se podrá convalidar la materia optativa que se haya elegido de entre las que se indican a la tabla siguiente.

Para poder convalidar  la materia optativa, el alumno/a tiene que acreditar la documentación correspondiente que se indica en la siguiente tabla:

Materia optativa a convalidar

Requisito

  • 1.º de ESO: Competencia Comunicativa Oral en Primera Lengua Extranjera, Laboratorio de Artes Escénicas, Laboratorio de Creación Audiovisual, Segunda Lengua Extranjera, Taller de Relaciones Digitales Responsables, Talleres de Profundización o Talleres de Refuerzo.
  • 2.º de ESO: Emprendimiento Social y Sostenible, Programación, Inteligencia Artificial y Robótica Y, Segunda Lengua Extranjera, Talleres de Profundización o Talleres de Refuerzo.
  • 3.º de ESO: Creatividad Musical, Cultura Clásica, Programación Inteligencia Artificial y Robótica Y, Segunda Lengua Extranjera, Taller de Economía, Talleres de Profundización, o Talleres de Refuerzo.
  • 4.º de ESO: Artes Escénicas, Competencia Comunicativa Oral en Primera Lengua Extranjera, Filosofía, Proyectos Interdisciplinarios, Segunda Lengua Extranjera, Talleres de Profundización o Talleres de Refuerzo

Para el alumnado de ESO que convalida la materia optativa para cursar simultáneamente enseñanzas profesionales de música o danza, en los documentos de evaluación se tiene que consignar la materia como «pendiente de convalidación» (PTC) a lo largo del curso.

Porque la convalidación se haga efectiva, hace falta que el alumno o alumna presento un certificado de haber mantenido la matrícula al conservatorio o centro profesional de danza hasta la fecha de la evaluación final. Una vez acreditado el mantenimiento de la matrícula, la materia se tiene que consignar en los documentos de evaluación como «optativa convalidada música» (COMO) o «optativa convalidada danza» (COD). Si no se acredita la condición mencionada, la materia optativa se tiene que considerar no superada a todos los efectos.

Hace falta un certificado de matrícula al inicio del curso y otro de haber mantenido la matrícula en el conservatorio o centro profesional de danza hasta la fecha de la evaluación final.


Convalidación de la materia optativa de 1.º, 2.º, 3.º o 4.º curso de ESO para ser deportista de alto nivel, de alto rendimiento o de élite, personal técnico, entrenador arbitral o juez de élite en la Comunidad Valenciana

En la ESO se podrá convalidar la materia optativa que se haya elegido de entre las que se indican a la tabla siguiente.

Para poder convalidar  la materia optativa, el alumno tiene que acreditar de acreditar la condición de deportista de alto nivel, de alto rendimiento o de élite, personal técnico, entrenador arbitral o juez de élite en la Comunidad Valenciana:

Materia optativa a convalidar

Requisito

  • 1.º de ESO: Competencia Comunicativa Oral en Primera Lengua Extranjera, Laboratorio de Artes Escénicas, Laboratorio de Creación Audiovisual, Proyectos Interdisciplinarios, Segunda Lengua Extranjera, Taller de Relaciones Digitales Responsables, Talleres de Profundización o Talleres de Refuerzo.
  • 2.º de ESO: Emprendimiento Social y Sostenible, Programación, Inteligencia Artificial y Robótica Y, Proyectos Interdisciplinarios, Segunda Lengua Extranjera, Talleres de Profundización o Talleres de Refuerzo.
  • 3.º de ESO: Creatividad Musical, Cultura Clásica, Programación Inteligencia Artificial y Robótica Y, Programación Inteligencia Artificial y Robótica II, Proyectos Interdisciplinarios, Segunda Lengua Extranjera, Taller de Economía, Talleres de Profundización, o Talleres de Refuerzo.
  • 4.º de ESO: Artes Escénicas, Competencia Comunicativa Oral en Primera Lengua Extranjera, Filosofía, Proyectos Interdisciplinarios, Segunda Lengua Extranjera, Talleres de Profundización o Talleres de Refuerzo

Para el alumnado de ESO que convalida la materia optativa para acreditar la condición de deportista de alto nivel, de alto rendimiento o de élite o con la condición de personal técnico, entrenador, arbitral o juez de élite de la Comunidad Valenciana, en los documentos de evaluación se tiene que consignar la materia como «pendiente de convalidación» (PTC) a lo largo del curso.

Porque la convalidación se haga efectiva, se tiene que acreditar, por parte del órgano competente, el mantenimiento de la condición de deportista de alto nivel, de deportista de alto rendimiento, de deportista de élite o de personal técnico, entrenador, arbitral o juez de élite de la Comunidad Valenciana hasta la fecha en que se haga la evaluación final. Una vez acreditado el mantenimiento de esta condición, la materia se tiene que consignar en los documentos de evaluación como «optativa convalidada deportista» (COE). Si no se acredita la condición mencionada, la materia optativa se tiene que considerar no superada a todos los efectos.

Hay que acreditar la condición de deportista de alto nivel, de deportista de alto rendimiento, de deportista de élite o con la condición de personal técnico, entrenador, arbitral o juez de élite de la Comunidad Valenciana al presentar la solicitud con la documentación que se indica a continuación, además, para que esta convalidación sea efectiva, se tiene que mantener la condición alegada en esta solicitud hasta la evaluación final ordinaria del curso académico para el cual se solicite. 

Para la convalidación de materias de la ESO por la práctica deportiva, la documentación a presentar es la siguiente:

  • Deportistas de alto nivel: documento que acredito estar incluido en la relación de deportistas de alto nivel publicada en el Boletín Oficial del Estado.
  • Deportistas de élite o de personal técnico, entrenador, arbitral y juez de élite de la Comunidad Valenciana: documento que acredito estar incluido en las relaciones de deportistas de élite y de personal técnico, entrenador, arbitral o juez de élite publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
  • Deportistas de alto rendimiento:
    • De fuera de la Comunidad Valenciana: certificado del Consejo Superior de Deportes durante el curso académico a que se refiera este certificado.
    • De la Comunidad Valenciana: certificado de la Dirección General de Deporte durante el curso académico a que se refiera este certificado.

Exención de Educación Física en la ESO por enseñanzas profesionales de danza o para ser deportista de alto nivel, de alto rendimiento o de élite, personal técnico, entrenador arbitral o juez de élite en la Comunidad Valenciana

Para solicitar la exención de Educación Física en Educación Secundaria Obligatoria, el alumno tiene que reunir alguna de las siguientes condiciones:

Exención de la materia de Educación Física

Requisito

Enseñanzas profesionales de danza

Para el alumnado que solicita la exención de la materia de Educación Física para cursar simultáneamente enseñanzas profesionales de danza, en los documentos de evaluación, la materia Educación Física se tiene que consignar como «pendiente de exención» a lo largo del curso (PTE). Para la anotación definitiva en los documentos de evaluación del término «exento/a» (TE), se tiene que presentar un certificado de haber mantenido la matrícula al conservatorio o centro profesional de danza hasta la fecha de la evaluación final hasta la fecha de la evaluación final. Si no se mantiene la matrícula,  la materia mencionada se tiene que considerar no superada a todos los efectos.
Si el alumno o alumna se da de baja al conservatorio o centro profesional de danza antes de la fecha de la sesión de la evaluación final, puede solicitar ser evaluado.

Hace falta un certificado de matrícula al inicio del curso y otro de haber mantenido la matrícula en el conservatorio o centro profesional de danza hasta la fecha de la evaluación final.

Deportista de alto nivel, de alto rendimiento o de élite o con la condición de personal técnico, entrenador, arbitral o juez de élite de la Comunidad Valenciana

Para el alumnado que solicita la exención de la materia de Educación Física para acreditar la condición de deportista de alto nivel, de alto rendimiento o de élite o con la condición de personal técnico, entrenador, arbitral o juez de élite de la Comunidad Valenciana, en los documentos de evaluación, la materia Educación Física se tiene que consignar como «pendiente de exención» a lo largo del curso (PTE). Para la anotación definitiva en los documentos de evaluación del término «exento/a» (TE), se tiene que presentar un certificado de haber mantenido la condición referida anteriormente hasta la fecha de la evaluación final. Si no se mantiene la condición, la materia mencionada se tiene que considerar no superada a todos los efectos.
Si el alumno o alumna pierde la condición de deportista de élite, de alto nivel o de alto rendimiento antes de la fecha de la sesión de la evaluación final, puede solicitar ser evaluado.

Hay que acreditar la condición de deportista de alto nivel, de deportista de alto rendimiento, de deportista de élite o con la condición de personal técnico, entrenador, arbitral o juez de élite de la Comunidad Valenciana al presentar la solicitud con la documentación que se indica a continuación, además, para que esta convalidación sea efectiva, se tiene que mantener la condición alegada en esta solicitud hasta la evaluación final ordinaria del curso académico para el cual se solicite. 

Para la exención de la materia de Educación Física de la ESO por la práctica deportiva, la documentación a presentar es la siguiente:

  • Deportistas de alto nivel: documento que acredito estar incluido en la relación de deportistas de alto nivel publicada en el Boletín Oficial del Estado.
  • Deportistas de élite o de personal técnico, entrenador, arbitral y juez de élite de la Comunidad Valenciana: documento que acredito estar incluido en las relaciones de deportistas de élite y de personal técnico, entrenador, arbitral o juez de élite publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
  • Deportistas de alto rendimiento:
    • De fuera de la Comunidad Valenciana: certificado del Consejo Superior de Deportes durante el curso académico a que se refiera este certificado.
    • De la Comunidad Valenciana: certificado de la Dirección General de Deporte durante el curso académico a que se refiera este certificado.


  • Exención de la asignatura de Valenciano

Normativa

Quién puede solicitar la exención de evaluación del Valenciano?

  • Alumnos que residan temporalmente en la comunidad Valenciana. Por residencia temporal se entiende un periodo de tiempo no superior a dos años o dos cursos académicos. En este caso uno/-a alumno/-a podrá ser declarado exento de la evaluación de la asignatura de Valenciano durante dos cursos académicos consecutivos, sin posibilidad que esta exención sea prorrogada. Hay que tener en cuenta que esta exención se tendrá que solicitar por cada curso escolar. En caso de que en el tercer año de residencia se continúan los estudios en la Comunidad Valenciana serán evaluados de esta materia, todo tratante que superan los objetivos de aprendizaje del curso en que se encuentran matriculados en aquel momento.
  • Alumnos que se incorporan tardíamente al sistema educativo de la Comunidad Valenciana, a los cuales no se los pueda aplicar el criterio de residencia temporal. En este caso solo podrán quedar exentos de la evaluación de la asignatura de Valenciano en el primer curso de su incorporación. Este alumnado tendrá que tener en cuenta que en el caso de solicitar la exención el año siguiente por residencia temporal se cumplirían los dos años consecutivos que indica la normativa. Es por eso que en el supuesto de que decida seguir sus estudios en la Comunidad Valenciana un tercer año o más, tendrá que cursar la materia de Valenciano y ser evaluado.

En ambos casos el alumnado no está exento del aprendizaje, solo de la evaluación final si hay resolución favorable. Esta exención de la evaluación tiene por objetivo facilitar al alumnado el aprendizaje del Valenciano en el plazo más breve posible, cosa que no se conseguirá si no asiste en las clases. Por eso, el alumnado que solicito la exención por estos motivos tendrá que asistir obligatoriamente en las clases de la asignatura desde el primer día y el profesorado tendrá que realizar una adaptación curricular de la materia, tanto en el curso o cursos en que se le otorgo la exención como en los siguientes si fuera necesario. Así mismo, se recomienda que este alumnado asista en las clases de refuerzo de Valenciano que organizo el centro.

Cómo se tiene que solicitar? Qué documentación es necesaria?

La persona solicitante, o bien la alumna/el alumno si es mayor de edad, tiene que presentar el ANEXO I: SOLICITUD DE EXENCIÓN DE VALENCIANO en la secretaría del centro educativo donde se ha matriculado la alumna o alumno, durante el mes de septiembre . Cuando la matricula se realiza fuera del periodo ordinario se dispone de 15 días naturales para la realización de los trámites. La solicitud se puede obtener punzante sobre el siguiente enlace:

ANEXO I: SOLICITUD DE EXENCIÓN DE VALENCIANO

La persona interesada tendrá que seguir las instrucciones contenidas al impreso de solicitud, la cual tendrá que ser rellenada correctamente, datada y firmada, adjuntando además la documentación que se indica a continuación:

1. En todos los casos:

  • Fotocopia, confrontada con el original, del D.N.I. de la persona que firma la solicitud y del alumno/-a (en el caso de extranjeros, pasaporte o N.I.E.)
  • Certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento correspondiente, que tendrá que ser actual y original, donde aparezcan tanto quién subscribe la solicitud como el alumno/-a, la fecha de alta en el Padrón y el lugar de procedencia.
  • Caso que la solicitud sea firmada por el tutor/-a legal se tendrá que adjuntar copia confrontada de documento que lo acredito.
  • Si los apellidos del padre o de la madre que firma la solicitud no coinciden con los del alumno/-a se tendrá que presentar la documentación, original o confrontada con el original, que acredito que es padre o madre del alumno/-a interesado/-da.
  • Fotocopia confrontada del Libro de Escolaridad completo desde el inicio de la escolarización hasta el último curso que haya estudiado, y este tendrá que ser, necesariamente, el mismo nivel o el inmediato anterior en aquel para el cual se solicita la exención.
  • En el caso del alumnado extranjero matriculado en niveles de escolarización obligatoria que no haya realizado nunca estudios en el Estado Español: escrito donde consto la solicitud de apertura del Libro de Escolaridad o equivalente.
  • En el caso de alumnado extranjero matriculado en niveles de escolarización postobligatoria: fotocopia confrontada con el original de la convalidación de estudios por el alta Inspección Educativa o fotocopia confrontada del volante para la inscripción condicional en centros docentes o en exámenes oficiales.
  • Fotocopia confrontada con el original de la solicitud de matrícula en el curso escolar y nivel educativo para el cual se pida la exención del Valenciano y certificación de matrícula firmada por el Secretario del centro.
  • Cualquier otro documento que la persona interesada considero oportuna.

2. En los casos de residencia temporal habrá que adjuntar también:

  • Certificado de Empresa o de la Administración Civil o militar de la cual dependa lo pare/madre o tutor/-a legal del alumno/-a, o este si es mayor de edad, que acredito la residencia temporal con una fecha concreta de final de la actividad alegada en la Comunidad Valenciana.
  • Cualquier otro documento que la persona interesada considero oportuno para demostrar la residencia temporal en esta comunidad.
  • De manera preceptiva en el caso de la solicitud por segundo año de residencia temporal, habrá que adjuntar también un informe del profesor/-a tutor/-a para el alumnado de Educación Primaria, y del Jefe de Departamento de Valenciano para los de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, con el visto bueno, en todos los casos, de la dirección del centro.

Se puede renunciar a la solicitud de exención de valenciano?

Todos aquellos padres, madres o tutores legales, o el alumnado mayor de edad, que hayan solicitado la exención de la materia de Valenciano o la tengan concedida por resolución del director o directora general competente en materia de plurilingüismo, pueden renunciar a la exención a través del modelo de instancia de renuncia (anexo II) donde consto la fecha y la firma de la persona interesada.

ANEXO II: SOLICITUD DE RENUNCIA A LA EXENCIÓN DE VALENCIANO