PROTOCOLO DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS:
- No está permitido el uso de ningún dispositivo electrónico en todo el recinto del centro educativo durante toda la jornada lectiva, a excepción de las situaciones marcadas en el apartado cuarto de la Resolución de 17 de abril de 2024, sobro determinados aspectos para la regulación del uso de dispositivos móviles en centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Valenciana.
- En el caso de que el alumnado de la ESO y de Grado Básico llevo el móvil tendrá que dejarlo a las cajas habilitadas que hay a Caporalia.
- De acuerdo con el resto de IES de la población se ha acordado que: ante el incumplimiento de las condiciones de uso de estos dispositivos, el Centro aplicará las siguientes medidas correctoras:
- En caso de que algún profesor o profesora observo el uso sin permiso de un dispositivo por parte del alumnado, el dispositivo se retirará apagado sin extraer la tarjeta SIM, en caso de tener. El dispositivo electrónico permanecerá custodiado en la jefatura de estudios hasta que acabo la jornada lectiva del día siguiente y se devolverá al padre, madre o tutor legal del alumno/a. Esta medida se aplicará las dos primeras veces que el alumnado utilizo inadecuadamente estos dispositivos.
- En caso de que a un mismo alumno/a se le retiro por tercera vez cualquier dispositivo electrónico, será sancionado/a con la apertura de un procedimiento ordinario que comportará 2 días de inasistencia en el centro educativo. Además, el departamento de Orientación se encargará de impulsar medidas de sensibilización sobre el uso responsable y seguro de los dispositivos móviles y los riesgos vinculados. Si aun así, el alumnado es reincidente, además de la medida anterior, se avisará la familia y se iniciará el protocolo de derivación por adicciones.
- La negativa del alumno o alumna a librar el dispositivo electrónico será sancionada con la apertura de un procedimiento ordinario que comportará 2 días de inasistencia en el centro educativo. La reiteración en esta conducta implicará una tipificación de conducta gravemente perjudicial para la convivencia y, por lo tanto, la apertura de un nuevo procedimiento ordinario con 7 días de suspensión del derecho de asistencia en el Centro.
- En caso de que el alumno/a sea mayor de edad se le podrá devolver el dispositivo a él/ella.
RESOLUCIÓN de 17 de abril de 2024, sobro determinados aspectos para la regulación del uso de dispositivos móviles en centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Valenciana.
Protocolo Dispositus Móviles pdf