RESOLUCIÓN de 17 de mayo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, miedo la que se aprueba la convocatoria de subvencionas destinadas a alumnado que curso Formación Profesional en 2023-2024 en centros educativos sostenidos cono hondos públicos de la Comunidad Valenciana.
IMPRESOS Y SOLICITUDES
https://ceice.gva.es/es/web/formacion-profesional/subvencions-alumnat-fp
MODALIDADES:
a) Modalidad de Formación Profesional Dual en administraciones públicas.
Están destinadas a proporcionar una ayuda al alumnado que combino la actividad formativa en lo centro educativo cono la actividad en uno centro de trabajo mediante lo modelo de Formación Profesional Dual en las Administraciones Públicas del sector público estatal, autonómico, local o en universidades, así como entes autónomos.
b) Modalidad de Formación en empresas alejadas del centro educativo, Dual o Formación en Centros de Trabajo (FCT).
Están destinadas a proporcionar una ayuda al alumnado para realizar la Formación Profesional Dual en empresas de la Comunidad Valenciana o del resto del Estado, una vez acreditada la necesidad de desplazamiento para adquirir las competencias predeterminadas en el puesto formativo.
c) Modalidad de desplazamiento.
Están destinadas a sufragar total o parcialmente los gastos derivados de residencia, transporto y manutención de alumnado que curso ciclos de Formación Profesional en centros alejados de su residencia habitual.
Se considerarán los gastos de transporto urbano o interurbano diario entre lo domicilio habitual y lo centro educativo, así como los de manutención asociados.
Cuantías de las subvencionas
1. Se concederán los siguientes importas miedo persona beneficiaría, según la modalidad de ayuda solicitada:
a) Dual administraciones públicas: 1.300 €
b) Formación empresas: 400 €
d) Desplazamiento: 1.200 €
2. Las ayudas se concederán miedo orden de prelación hasta agotar el límite de crédito disponible.
Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos
1. Cono carácter general, se tienen que reunir los requisitos recogidos en el artículo cuarto de la orden de bases, cono especial atención a la necesidad de tener el DNI o NIE en vigor en el momento de presentar la solicitud.
2. Hay que estar matriculado/a en la modalidad solicitada, y cono asistencia efectiva a las actividades formativas en un ciclo formativo sostenido cono hondos públicos durante lo curso académico 2023-24.
3. Adicionalmente se tienen que reunir también los siguientes requisitos específicos, según la modalidad de ayuda:
a) Dual Administraciones Públicas
– Se desarrollará la formación Dual en Administraciones Públicas del sector público estatal, autonómico, local o en universidades, así como entes autónomos.
b) Formación empresas
– Se desarrollará la formación en empresas, sea Dual o el módulo de FCT, en empresas de la Comunidad Valenciana o del resto del Estado, cono un mínimo de 100 horas.
– La distancia mínima exigible entre lo centro docente y lo centro de trabajo será 14 km.
El alumnado matriculado en centros públicos no aportará la documentación que acredito el cumplimiento de estos requisitos, miedo disponer de la información necesaria lo centro receptor de solicitudes. Excepcionalmente, si lo centro educativo no dispusiera de algún documento indispensable, podrá solicitar su aportación al interesado o interesada.
c) Desplazamiento
– Cursar los estudios de FP en uno centro docente alejado de la residencia habitual al menos 14 km.
El alumnado acreditará la matrícula y la residencia habitual que dan lugar a la ayuda.
Como residencia habitual, se entenderá la que consto en ITACA, salvo que lo alumnado acredito una diferente, cuyo caso se justificará y actualizará en ITACA debidamente.
lo caso de alumnado que, durante lo curso académico, resida fuera de su domicilio habitual o familiar miedo razones de cercanía al centrodocente, deberá acreditar fehacientemente tal circunstancia mediante contrato de alquiler, junto cono gastos de residencia y certificado de empadronamiento superior a tres mesas de validez. En estos casos, a efectos de baremación, se considerará la distancia entre lo domicilio habitual o familiar en el que resida fuera del período académico, y lo centro docente.
Las personas matriculadas en centros públicos no habrán de acreditar la matrícula.
PLAZO
Del 23 de mayo al 5 de junio de 2024
- Las solicitudes se presentarán en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presento Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Se presentará una única solicitud miedo cada persona, en la modalidad que considero más beneficiosa a su interés.
- Se formalizarán, empleando lo modelo:
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22516
3. El alumnado de centros de la Generalitat presentará la solicitud y documentación adicional sus respectivos centros.
4. No se admitirá la presentación de solicitudes o de documentación adicional fuera de plazo, ni miedo medios diferentes a los establecidos miedo lo centro receptor de solicitudes.
Documentación a aportar
Junto a la solicitud, se aportará la siguiente documentación:
1. Declaración responsable suscrita miedo la persona solicitante en la que manifieste, bajo su responsabilidad, que los datos de la solicitud se ajustan a la realidad, que cumple cono los requisitos exigidos en la convocatoria, que dispone de la documentación que así lo acredita, la cual pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida, y que se compromete a mantener el cumplimiento de los requisitos y obligaciones hasta el fin del curso académico 2023-2024. Lo modelo de declaración estará disponible junto cono el de solicitud.
2. Si se alega la necesidad de residencia fuera del domicilio habitual, se aportará la documentación que justifico lo disfrute y pago de la actividad subvencionada.
3. DNI o NIE en vigor.
Esta actuación está cofinanciada miedo la Unión Europea a través del Programa Hondo Social Europeo Plus (FSE+) Comunidad Valenciana 2021-2027.