Convalidaciones música y/o educación física

Tanto en la ESO como en Bachillerato, existe la opción de convalidar la materia de música y/o educación física, así como la asignatura optativa, caso de estar compaginando los estudios de música o danza profesional o bien ser deportista de alto nivel, de alto rendimiento o de élite o con la condición de personal técnico, entrenador, arbitral o juez de élite de la Comunitat Valenciana.

El plazo para aportar la documentación que se refiere será hasta el 31 de octubre.

NOTA: Las materias objeto de convalidación no tienen calificación ni computan a todos los efectos.

CONVALIDACIÓN DE LA MATERIA DE MÚSICA EN LA ESO PARA ALUMNOS QUE COMPAGINAN CON ESTUDIOS PROFESIONALES DE MÚSICA

Por un lado, el alumnado que cursa la ESO y cursa o ha cursado enseñanzas profesionales de Música en conservatorios profesionales o centros autorizados puede solicitar la convalidación de la materia
Música de 1.er, 2.º y 3.er curso de la ESO por la superación de la asignatura Instrumento o Voz de 1.er curso de las enseñanzas profesionales de Música, así como la convalidación de la materia Música de 4.º curso de la ESO por la superación de la asignatura Instrumento o Voz de 2.º curso de las enseñanzas profesionales de Música.
Por otro lado, el alumnado que cursa la ESO y, simultáneamente, enseñanzas profesionales de Música en conservatorios profesionales o centros autorizados también puede solicitar la convalidación de la materia optativa.

– La solicitud deberá realizarse expresamente por parte del alumnado, o de los padres, las madres o las personas tutoras legales si son menores de edad.
– Se rellenará el Anexo I del Decreto 66/2024 (enlace al documento).
– Junto al anexo deberá aportarse la documentación siguiente:
1. Para la solicitud de convalidación de la materia Música se debe tener en cuenta según el caso que:
1.a) Si el alumno o la alumna ya ha superado la asignatura Instrumento o Voz de las enseñanzas profesionales de Música hay que presentar el certificado académico acreditativo de la superación de la asignatura con que se convalida.
1.b) Si el alumno o la alumna está cursando cualquiera de las asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música que hay que superar para obtener esta convalidación, se tiene que presentar el certificado de matrícula de la asignatura de las enseñanzas profesionales en el momento de la solicitud. Se ha de mantener esta matrícula durante todo el curso escolar para poder seguir teniendo derecho a esta convalidación.

2. Para la solicitud de convalidación de la materia optativa, hay que presentar el documento que acredite tener formalizada la matrícula para cursar estas enseñanzas. Se ha de mantener esta matrícula durante todo el curso escolar para poder seguir teniendo derecho a esta convalidación.


Una vez que se haya evaluado la asignatura con la que convalida, el conservatorio o el centro profesional de Música debe facilitar en el centro de la ESO un certificado académico que acredite la superación, o no, de esta asignatura, para que el centro ordinario pueda incorporarlo a los documentos oficiales de evaluación y dejar constancia, si es el caso, de la convalidación correspondiente.

(Enlace al documento que recoge toda esta información)

CONVALIDACIÓN Y EXENCIÓN DE MATERIAS PARA EL ALUMNADO QUE COMPAGINA LOS ESTUDIOS DE BACHILLERATO CON LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA

Exención
Por estar cursando simultáneamente Bachillerato y las Enseñanzas Profesionales de Música, no se puede solicitar la exención de la materia común Educación Física de primero de bachillerato.

Convalidación
Se pueden convalidar alguna de las siguientes materias si se cursa la modalidad de Artes o la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales, de acuerdo con el artículo 34 del decreto 108/2022:

Materia de Bachillerato que se puede convalidar –> Asignatura de las enseñanzas Profesionales de Música
Análisis Musical I –> 1er curso de Armonía
Coro y Técnica vocal I –> 1.er curso de Coro o de una asignatura de contenido análogo
Lenguaje y Práctica Musical –> 2.º curso de Lenguaje Musical
Análisis Musical II –> 2.º curso de Armonía
Coro y Técnica vocal II –> 2.º curso de Coro o de una asignatura de contenido análogo
Cultura Audiovisual –> Cultura Audiovisual
Historia de la Música y de la Danza –> 1.º de Historia de la Música
Artes Escénicas I, Literatura Universal, Artes Escénicas II, Historia del Arte o Literatura Dramática –> Asignatura de diseño propio que coincida en un 75% en objetivos y contenidos con estas materias de Bachillerato según lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero, por el cual se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato.

También se puede solicitar la convalidación de una materia optativa de Bachillerato por simultaneidad de estudios de Bachillerato con los de Enseñanzas Profesionales de Música.

El procedimiento para solicitar la convalidación se encuentra en los artículos 55, 56 y 57 de la Orden 19/2023.

– La solicitud deberá realizarse expresamente por parte del alumnado, o de los padres, las madres o las personas tutoras legales si son menores de edad.
– Se habrá de cumplimentar el modelo de solicitud (Anexo XIII) (enlace al documento) y aportar la documentación indicada en el mismo.
+ Recordar que, para que la convalidación de la materia de modalidad de bachillerato de la tabla anterior sea efectiva, el alumno o alumna tiene que tener la materia a convalidar aprobada al finalizar el curso para el cual solicite la convalidación.
+ En el caso de solicitar la convalidación de una materia optativa de Bachillerato por simultaneidad de estudios, para que la convalidación sea efectiva, el alumno o alumna tiene que mantener la matrícula en el centro profesional de música al finalizar el curso académico para el cual solicita la convalidación de la materia optativa.

CONVALIDACIONES POR DEPORTISTA DE ALTO RENDIMIENTO, ALTO NIVEL O DE ÉLITE, O CON LA CONDICIÓN DE PERSONAL TÉCNICO, ENTRENADOR, ARBITRAL O JUEZ DE ÉLITE DE LA COM. VALENCIANA

Tanto en la ESO como en Bachillerato, existe la opción de que, el alumnado que acredita la condición de deportista de alto nivel, de alto rendimiento o de élite pueda solicitar la exención o adaptación de la materia Educación Física. Por otro lado, el alumnado también puede solicitar la convalidación de la materia optativa con la práctica deportiva.

– La convalidación, la exención y la adaptación curricular de las materias requiere la solicitud expresa por parte del alumnado, o de los padres, las madres o las personas tutoras legales si son menores de edad.
– Se rellenará el Anexo III del Decreto 66/2024 en el caso de la ESO (enlace al documento) o del Anexo XIV del Decreto 108/2022 en el caso de Bachillerato (enlace al documento).
– En ambos casos, el documento deberá acompañarse de la siguiente documentación:
+ Alumnado con la condición de deportista de alto nivel: hay que presentar el documento que acredite estar incluido en la relación de deportistas de alto nivel publicada en el Boletín Oficial del Estado.
+ Alumnado con la condición de deportistas de élite o de personal técnico, entrenador, arbitral y juez de élite de la Comunidad Valenciana: documento que acredite estar incluido en las relaciones de deportistas de élite y de personal técnico, entrenador, arbitral o juez de élite publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
+ Alumnado con la condición de deportista de alto rendimiento:
a) De fuera de la Comunitat Valenciana: acreditación de la condición de deportista de alto rendimiento mediante certificado del Consejo Superior de Deportes durante el curso académico a que se refiera este certificado.
b) De la Comunitat Valenciana: acreditación de la condición de deportista de alto rendimiento mediante certificado de la dirección general competente en materia de deporte durante el curso académico a que se refiera este certificado.

El alumno o alumna tiene que mantener la condición para la cual se solicite la convalidación, exención y adaptación hasta la evaluación final ordinaria.

(Enlace al documento que recoge esta información)

CONVALIDACIÓN DE LA MATERIA DE MÚSICA EN LA ESO QUE COMPAGINAN CON ESTUDIOS PROFESIONALES DE DANZA

Por un lado, el alumnado que cursa la ESO y cursa o ha cursado enseñanzas profesionales de Danza en conservatorios profesionales o centros autorizados puede solicitar la convalidación de la materia Música de 1.er, 2.º y 3.er curso de la ESO por la superación de la asignatura Música de 1.er curso de las enseñanzas profesionales de Danza, así como la convalidación de la materia Música de 4.º curso de la ESO por la superación de la asignatura Música de 2.º curso de las enseñanzas profesionales de Danza.
Por otro lado, el alumnado que cursa la ESO y, simultáneamente, enseñanzas profesionales de Danza en conservatorios profesionales o centros autorizados también puede solicitar la convalidación de la materia optativa y la exención de la materia Educación Física.

– La solicitud deberá realizarse expresamente por parte del alumnado, o de los padres, las madres o las personas tutoras legales si son menores de edad.
– Se rellenará el Anexo II del Decreto 66/2024 (enlace al documento).
– Junto al anexo deberá aportarse la documentación siguiente:
1. Para la solicitud de convalidación de la materia Música se debe tener en cuenta según el caso que:
1.a) Si el alumno o la alumna ya ha superado la asignatura Música de las enseñanzas profesionales de Danza hay que presentar el certificado académico acreditativo de la superación de la asignatura con que se convalida.
1.b) Si el alumno o la alumna está cursando cualquiera de las asignaturas de las enseñanzas profesionales de Danza que hay que superar para obtener esta convalidación, se tiene que presentar el certificado de matrícula de la asignatura de las enseñanzas profesionales en el momento de la solicitud. Se ha de mantener esta matrícula durante todo el curso escolar para poder seguir teniendo derecho a esta convalidación.

2. Para la solicitud de convalidación de la materia optativa, hay que presentar el documento que acredite tener formalizada la matrícula para cursar estas enseñanzas. Se ha de mantener esta matrícula durante todo el curso escolar para poder seguir teniendo derecho a esta convalidación.


3. Para la solicitud de exención de la materia Educación Física, se tiene que presentar el documento que acredite tener formalizada la matrícula para cursar estas enseñanzas. Se ha de mantener esta matrícula durante todo el curso escolar para poder seguir teniendo derecho a esta convalidación.


Una vez que se haya evaluado la asignatura con la que convalida, el conservatorio o el centro profesional de Danza debe facilitar en el centro de la ESO un certificado académico que acredite la superación, o no, de esta asignatura, para que el centro ordinario pueda incorporarlo a los documentos oficiales de evaluación y dejar constancia, si es el caso, de la convalidación correspondiente.

(Enlace al documento que recoge toda esta información)

CONVALIDACIÓN Y EXENCIÓN DE MATERIAS PARA EL ALUMNADO QUE COMPAGINA LOS ESTUDIOS DE BACHILLERATO CON LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE DANZA

Exención
Para estar cursando simultáneamente Bachillerato y las Enseñanzas Profesionales de Danza, se puede solicitar la exención de la materia Educación Física, independientemente de la modalidad que se curse.

Convalidación
Se pueden convalidar algunas materias si se cursa la modalidad de Artes o la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales, de acuerdo con el artículo 33 del decreto 108/2022:

Materia de Bachillerato que se puede convalidar –> Asignatura de las enseñanzas Profesionales de Danza
Artes Escénicas I –> 1.er curso de Baile flamenco, Danza clásica, Danza contemporánea, Danza estilizada, Escuela bolera, Técnicas básicas de danza o Técnicas de danza contemporánea.
Cultura audiovisual –> Cultura Audiovisual
Lenguaje y Práctica Musical –> 3.º curso de Música
Artes Escénicas II –> 2.º curso de Baile flamenco, Danza clásica, Danza contemporánea, Danza estilizada, Escuela bolera, Técnicas básicas de danza o Técnicas de danza contemporánea.
Historia de la Música y de la Danza –> Origen y Evolución de la Danza
Coro y Técnica Vocal I, Literatura Universal, Coro y Técnica Vocal II, Historia del Arte o Literatura Dramática –> Asignatura de diseño propio que coincida en un 75% en objetivos y contenidos con estas materias de Bachillerato según lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero, por el cual se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato.

También se puede solicitar la convalidación de una materia optativa de Bachillerato por simultaneidad de estudios de Bachillerato con los de Enseñanzas Profesionales de Danza.

El procedimiento para solicitar la convalidación se encuentra en los artículos 52, 53 y 54 de la Orden 19/2023.

– La solicitud deberá realizarse expresamente por parte del alumnado, o de los padres, las madres o las personas tutoras legales si son menores de edad.
– Se habrá de cumplimentar el modelo de solicitud (Anexo XII) (enlace al documento) y aportar la documentación indicada en el mismo.
+ Recordar que, para que la convalidación de la materia de modalidad de bachillerato de la tabla anterior sea efectiva, el alumno o alumna tiene que tener la materia a convalidar aprobada al finalizar el curso para el cual solicite la convalidación.
+ En el caso de solicitar la convalidación de una materia optativa de Bachillerato por simultaneidad de estudios, para que la convalidación sea efectiva, el alumno o alumna tiene que mantener la matrícula en el centro profesional de danza al finalizar el curso académico para el cual solicita la convalidación de la materia optativa.

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