Normativa Admisión del Alumnado

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el título II establece el marco en el que las Administraciones educativas deben regular la admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados, de manera que se garantice el derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro, atendiendo una escolarización equilibrada entre todos los centros sostenidos con fondos públicos del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

De acuerdo con ello, la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte ha desarrollado normativa propia para regular la admisión del alumnado a los centros públicos y privados concertados en las enseñanzas de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional, tanto básica, como de grado medio y superior, así como programas formativos de cualificación básica.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el título II establece el marco en el que las Administraciones educativas deben regular la admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados, de manera que se garantice el derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro, atendiendo una escolarización equilibrada entre todos los centros sostenidos con fondos públicos del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

De acuerdo con ello, la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte ha desarrollado normativa propia para regular la admisión del alumnado a los centros públicos y privados concertados en las enseñanzas de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional, tanto básica, como de grado medio y superior, así como programas formativos de cualificación básica.

PROCESO DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA CURSO 2024-2025

NO deberá presentar solicitud de admisión, tan solo realizar la matrícula el día que le corresponda:

  • El alumnado de los centros de Primaria adscritos que vaya a cursar 1ºESO:
    • CEIP Pintor Camarón (Segorbe).
    • CEIP San Miguel Arcangel (Soneja).
    • CEIP Virgen de Gracia (Altura).
    • CEIP Ramón Rubio Silvestre (Geldo).
    • CRA de Azuebar, Sot de Ferrer y Chovar.
    • CRA Palancia Espadán (Castellnovo, Navajas, Almedíjar, Matet, Gaibiel y Vall de Almonacid) .
  • El alumnado de 1º, 2º y 3º de ESO del IES Cueva Santa que desea continuar en el IES Cueva Santa en 2024-2025.
  • El alumnado de 4º de ESO del IES Cueva Santa que repite curso y desea continuar en el IES Cueva Santa en 2024-2025.

Deberá presentar solicitud de admisión, según convocatoria de la Conselleria de Educación.

  • El alumnado de centros de Primaria no adscritos al IES Cueva Santa que desea cursar 1º ESO en el IES Cueva Santa en 2024-2025.
  • Alumnado proveniente de otros centros de educación secundaria.

Las personas empadronadas en Segorbe que deseen matricularse en el IES fuera de plazo, deben dirigirse a la Comisión de Escolarización del Ayuntamiento de Segorbe.


PLAZOS DE ADMISIÓN DE MATRÍCULA

A continuación se puede acceder al calendario PARA ALUMNADO DE 6º DE PRIMARIA DE CENTROS NO ADSCRITOS O ALUMNADO DE 1ºESO, 2ºESO o 3ºESO DE OTROS CENTROS.

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