Admisiones ESO y Bachillerato para el curso académico 2020-21

Tramitación telemática de la solicitud admisión: del 17 al 25 de junio.

  • Para poder realizar la solicitud es necesario obtener la «clave de admisión» (podéis ver este documento explicativo).
  • Podrá presentar la solicitud el padre, la madre o el tutor legal del alumno, salvo que este/a sea mayor de edad.
  • Acceder en la web de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte para rellenar formulario electrónico de admisión, según la enseñanza que corresponda.

Criterios baremación de solicitudes:

  • Podéis ver los criterios de baremación y los puntos asignados en cada caso aquí.

Requisito académico:

  • Alumnado proveniente de centros de la Comunidad Valenciana sostenidos con fondos públicos: El centro en qué está matriculado tiene que enviar la información relativa a la promoción o cumplimiento del requisito académico en el centro al cual deseo incorporarse. (NO LLEVAR LA CERTIFICACIÓN ACADÉMICA AL CENTRE EN ESTE CASO).
  • El alumnado:
    • Que solicita plaza para primero de Bachillerato y que durante el durante el curso 2019/2020 no ha finalizado un ciclo de Formación Profesional de grado mediano o no ha sido matriculado a cuarto de la ESO.
    • Que solicita plaza para segundo de Bachillerato.
    • No matriculado en el curso 2019/2020 en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Valenciana.

Ha de aportar en el centro de primera opción hasta el 3 de julio la acreditación expedida por el centro de origen, en que constará, según sea el caso, la superación de las enseñanzas que permiten el acceso a la enseñanza solicitada y, si procede, la nota mediana obtenida. (EN ESTE CASO, PONERSE EN CONTACTO CON EL CENTRO).

Listas provisionales:  15 de julio.
Listas definitivas:  27 de julio.
Matrícula:  del 28 al 31 de julio y 1 y 2 de septiembre.

MUY IMPORTANTE:

Separación, divorcio, no convivencia progenitores…

  • Según el artículo 6.1d de la Resolución de 15 de mayo de 2020, del Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en caso de no convivencia de los progenitores por motivos de separación, divorcio, nulidad matrimonial, ruptura de pareja o situaciones análogas y, si procede, la posible limitación de la patria potestad de uno de ellos, se tiene que marcar la casilla habilitada al efecto.
  • Cuando se marque la casilla de existencia de no convivencia, en el momento de formalización de la matrícula, se tendrá que aportar la firma y consignar los datos del padre, madre o tutor diferente a la persona que formuló la solicitud de plaza.

Declaración responsable a la solicitud telemática:

  • A la solicitud telemática se anexará una Declaración Responsable que las circunstancias alegadas se ajustan a la realidad.
  • Esta Declaración sustituye la aportación de documentación acreditativa de las circunstancias alegadas en el momento de formular la solicitud, sin perjuicio de la posterior acreditación y comprobación en el momento en que la situación sanitaria lo permita.
  • La falsedad en los datos declarados, o no suficientemente acreditadas, dará lugar a la anulación de la solicitud, y el alumno/a se escolarizará en alguno de los centras en los cuales restan lugares vacantes, una vez finalizado el proceso de admisión.

Presentación única solicitud:

  • Solo se puede presentar electrónicamente una solicitud por alumno/a y enseñanza que tiene que estar asociada a la «clave de admisión» que también será única. Esta solicitud puede ser rellenada en más de una ocasión durante el periodo en que esté operativa la aplicación para formular solicitudes de admisión. En este caso se tiene que tener en cuenta la última solicitud presentada electrónicamente.

Contacto con el centro:
964739260
administracio@iesbotanic.es