
CF TURISMO
FORMACIÓN EMPRESA
- Solicitud de alumnado para la realización de prácticas FCT
- Oferta de ocupación para la bolsa de trabajo
GUIA INFORMATIVA ALUMNAT
La FE forma parte de los módulos profesionales y se desarrollará en empresas u organismos equiparados. Su objetivo es la adquisición de resultados de aprendizaje (RA) específicos en un entorno real de trabajo.
Obligatoriedad y requisitos de titulación
De acuerdo con el artículo 63 de la Ley Orgánica 3/2022, la superación con éxito de la Formación en Empresa es un requisito obligatorio e imprescindible para la obtención del Título o Certificado Profesional.
Horas mínimas obligatorias:
- Ciclos de Grado Superior: El alumnado tendrá que completar y superar un mínimo de 500 horas curriculares de estancia en empresa.
Consecuencias de la no realización de la FE: Hasta que no se superen todos los Resultados de Aprendizaje (RA) asociados a la estancia a la empresa, el alumno/a no podrá titular ni solicitar su certificado académico completo.
Características de la Formación en Empresa
- Inclusión Curricular: La FE se integra dentro de los módulos profesionales del ciclo formativo. La calificación de la FE la realizará el profesorado de cada módulo dualizado, teniendo en cuenta la valoración del tutor de empresa.
- Inicio y Duración:
- La FE podrá comenzar a partir del inicio del segundo trimestre del primer curso.
- En la FE general, la estancia en la empresa comprenderá entre el 25% y el 35% del total de las horas curriculares del ciclo, a repartir entre los dos cursos. Se realizará un mínimo de 100 horas en el primer curso.
- En la FE intensiva, la estancia en la empresa comprenderá entre el 35% y el 50% de las horas curriculares del ciclo.
- Ningún módulo puede dualizarse en su totalidad, y al menos el 35% de la duración del módulo debe impartirse en el centro educativo.
- Módulos Dualizables: Todos los módulos son dualizables, a excepción del Proyecto intermodular, el módulo optativo “Geografía Internacional del Sabor” y Francés .
Requisitos para el Alumnado antes de Iniciar la FE
- Edad: El alumnado debe haber cumplido los 16 años para iniciar la formación en la empresa.
- Prevención de Riesgos Laborales (PRL): Es indispensable haber adquirido previamente las competencias relativas a los riesgos específicos y las medidas de prevención de riesgos laborales correspondientes al perfil profesional. Los centros educativos pueden descargar un modelo de certificado de ITACA si la empresa lo requiere.
- Número de la Seguridad Social (NUSS): El alumnado debe tener registrado en ITACA obligatoriamente su NUSS como titular (no como beneficiario) y el documento identificativo (DNI, NIE o PASAPORTE) con el que se solicitó, para garantizar la correcta cotización a la Seguridad Social.
Exención de la Formación en Empresa
- Solicitud y Plazo: La solicitud de exención (modelo «Solicitud de exención de FCT/FE») se presenta en la secretaría del centro (público o privado) durante el primer trimestre de cualquiera de los cursos.
- Criterios de Exención:
- Se podrá eximir, total o parcialmente, a quienes acrediten una experiencia laboral correspondiente a un año a tiempo completo (o equivalente) para los grados D, siempre que esta experiencia se corresponda con la formación cursada y se haya obtenido en los cinco años anteriores.
- La documentación aportada debe permitir inferir que se ha adquirido un mínimo del 10% de los resultados de aprendizaje (RA) de los módulos profesionales vinculados a estándar de competencia contenidos en el plan de estudios.
- Resolución y Efectos:
- La resolución corresponde a la dirección del centro, a propuesta del equipo docente, en un plazo máximo de dos meses.
- Si se estima que al menos el 10% de los RA vinculados a estándares de competencia se han alcanzado en la experiencia, se concederá la exención total, aplicable a ambos cursos.
- Si la exención es parcial, el equipo docente determinará los RA pendientes y las horas que deben realizarse en la empresa para cubrirlos (entre el 10% y el 20% de los RA).
- Los RA cubiertos por la exención se considerarán «superados» a efectos de evaluación; el profesorado evaluará el resto del módulo.
Seguimiento y evaluación de la Formación en Empresa
- Valoración del Tutor de Empresa: El tutor de empresa informará y valorará la adquisición de los RA previstos, trasladando esta información al centro de formación. Esta valoración se hará en términos de «superado» o «no superado» para cada RA, e incluirá una valoración cualitativa de la estancia y competencias profesionales.
- Calificación Final del Módulo: La calificación final de cada módulo es responsabilidad del profesorado que lo imparte, quien considerará la valoración del tutor de empresa.
- Recuperación de RA no Superados: Los RA no superados durante la FE que sean esenciales para la empleabilidad se incluirán en actividades de recuperación o refuerzo en el centro educativo a lo largo del ciclo, pudiendo incorporarse al proyecto intermodular.
- Titulación: Para obtener el título, es necesario haber superado todos los módulos de primero y segundo curso, incluyendo todas las horas de Formación en Empresa.
Gestión Administrativa y de la Seguridad Social
- Cobertura de Seguridad Social:
- La gestión y liquidación del pago de las cuotas de Seguridad Social para la FE General y la FCT (en centros públicos y privados concertados) será realizada por la Dirección General de Formación Profesional.
- Para la FE Intensiva o DUAL LOGSE, la gestión y liquidación correrá a cargo de la empresa u organismo equiparado, salvo que se desarrollen en entidades y administraciones públicas.
- Seguro de Accidentes y Responsabilidad Civil: La Dirección General de Formación Profesional mantendrá un seguro de accidentes y responsabilidad civil para la cobertura del alumnado y profesorado durante la FE y el periodo de FCT.
Circunstancias que Impiden la Incorporación o Provocan el Cese en la FE
- Motivos para NO Incorporarse:
- No haber superado los resultados de aprendizaje de PRL básicos.
- No haber logrado un mínimo de RA en el centro que garantice el aprovechamiento de la FE.
- Inasistencia habitual o intermitente que impida el seguimiento y compromiso.
- Incumplimiento de las normas de convivencia del centro.
- Barrera lingüística
- Otras circunstancias debidamente acreditadas y motivadas por el equipo docente que comprometan el convenio con la empresa.
- Acumulación de FE en Segundo Curso: Se permite cuando el alumnado:
- Realice su FE en modalidad de movilidad (erasmus, etc.).
- Se encuentre en la modalidad semipresencial.
- Por circunstancias del sector o falta de puestos formativos una vez agotadas todas las vías.
- Si el alumnado no puede finalizar la FE por cese, accidente o enfermedad debidamente justificada.
- Motivos de Cese o Expulsión de la FE: Faltas de compromiso imputables al alumnado, como incumplimiento de calendario/horario, normas de la empresa, tareas formativas, no comunicar ausencias, o falta de confidencialidad. La expulsión conlleva la suspensión de los módulos dualizados.
Criterios de Adjudicación de Empresas
- Asignación Preferente: Si el alumno aporta un centro de prácticas, este le será asignado preferentemente.
- Criterios de Selección: Competencias para la empleabilidad (trabajo en equipo, toma de decisiones, innovación, creatividad), nota media, asistencia a actividades lectivas, rendimiento en el aula.
