Expedición Títulos

Expedición de Títulos  

SOLICITUD DE EXPEDICIÓN DE TÍTULO DE BACHILLERATO, CICLO FORMATIVO Ó ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL 

  • Se recomienda que junto con la presentación del Impreso de Matrícula y la Tasa solicitéis el título, ya que en un futuro os será necesario (cuesta alrededor de 1 año y medio recobirlo en el Instituto. Detalles de procedimiento en el enlace: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=1092  Nota informativa: La tasa para la expedición de títulos de Bachiller o Formación Profesional de la Generalitat Valenciana no es la «059», ya que ésta es una tasa de la Administración General del Estado (y no de la administración autonómica) que se utiliza para la solicitud de expedición de títulos de especialidades sanitarias. (Ver anexo a ésta nota informativa, al final de esta página). 

SOLICITUD DE EXPEDICIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE SUPERACIÓN DE LOS DISTINTOS NIVELES DE LAS ENSEÑANZAS DE IDIOMAS DE RÉGIMEN ESPECIAL PREVISTOS POR LA LEY ORGÁNICA 2/2006, DE EDUCACIÓN.

Enlace al Detalle de Procedimiento de la Consellería de Educación

Ver el documento para el pago de la tasa en el siguiente enlace: https://www.gva.es/downloads/publicados/IN/180461_BI.pdf

PRESENTACIÓN Y/O RECOGIDA DEL TÍTULO CON CITA PREVIA

Con el fin de asegurar el cumplimiento de las medidas sanitarias y garantizar el correcto funcionamiento del servicio de Administración del centro, la presentación de solicitud y/o recogida de títulos requerirá de cita previa. La reserva la puede obtener por medio del siguiente enlace

—–ooooo—–

Anexo a la Nota Informativa:

Es competencia de este Ministerio de Educación (no a la Consellería de Educación de la Generalitat Valenciana) la expedición de los siguientes títulos:  tasa 059

  • Títulos correspondientes a enseñanzas establecidas en Ley General de Educación de 1970: Certificado de Escolaridad, Graduado Escolar, Bachiller, Técnico Auxiliar, Técnico Especialista, Certificado de Escolaridad de F.P.I., Certificado de Aptitud de Idiomas.
  • Títulos establecidos en sistemas educativos anteriores a la Ley General de Educación de 1970: Título de Maestro Industrial, Oficial Industrial, Diploma de Óptico de Anteojería, Auxiliar de Empresa, Auxiliar Intérprete de Oficina Mercantil, Perito Mercantil, Perito Taquígrafo-mecanógrafo, Profesora de Enseñanzas de Hogar, Matrona, Practicante, Técnico Ortopédico.

No corresponde a este Ministerio la expedición de los siguientes títulos: tasa de la administración Autonómica

  • Las Comunidades Autónomas son competentes para la expedición de los títulos académicos y profesionales acreditativos de la superación de las enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) y en la Ley Orgánica de Educación (LOE), a cuyo ámbito territorial pertenezca el centro docente en el que se hayan concluido los estudios correspondientes.
  • Otras instituciones
    • Bachiller Elemental (Plan 1957). La competencia para la expedición de estos títulos corresponde al Director del Centro docente (actuales Institutos de Educación Secundaria) donde se finalizaron los estudios.
    • Bachiller Superior (Plan 1957). La competencia para la expedición de estos títulos corresponde al Rector de la Universidad a la que estuviera adscrito el Centro docente donde se finalizaron los estudios
  • Títulos de Enseñanzas Artísticas establecidos con anterioridad a la Ley General de Educación de 1970: Artes Aplicadas y Oficios Artísticos (Graduado en Artes Aplicadas, Graduado en Cerámica, Perito en Técnica Cerámica, Perito en Cerámica artística). Títulos de enseñanzas musicales correspondientes a planes de estudios de 1942 y 1966, Diploma de Cantante de Conjunto Coral, Diploma de Cantante de Ópera, Diploma Superior de Especialización para Solistas)
  • Títulos correspondientes a enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), y la Ley Orgánica de Educación (LOE), obtenidos en centros docentes incluidos en el ámbito de gestión directa de este Departamento:
    • Centros docentes situados en Ceuta y Melilla
    • Centros docentes en los que se desarrolla la acción educativa española en el exterior
    • Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia de este Departamento (CIDEAD).