Modificación del RRI.
10/05/24.La Dirección aprueba, con el informe favorable del Claustro y del Consejo Escolar, la modificación del RRI, en aplicación de la RESOLUCIÓN de 17 de abril de 2024, sobre determinados aspectos para la regulación del uso de dispositivos móviles en centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana. Así, en el artículo de derechos y deberes del alumnado, aparecerá:
«Por regla general, los dispositivos móviles permanecerán apagados durante la realización de actividades, salvo que el profesorado requiera su uso didáctico, que debe estar recogido en la programación. Excepcionalmente, la dirección del centro autorizará el uso de dichos dispositivos por razones individuales específicas de salud u otras debidamente justificadas.
Ante el incumplimiento de las condiciones de uso establecidas, el profesorado podrá requisar el dispositivo durante el desarrollo de la actividad, dejarlo a la vista, encima de la mesa del docente si es posible, y lo devolverá al finalizar la misma o cuando el alumno abandone la actividad. Antes de su retirada, el personal docente deberá asegurarse de que el alumno lo apague como garantía de confidencialidad. Mantenerlo operativo se entenderá como uso.»