DELEGATIC

DELEGATIC define un catálogo creado por la Dirección General de Infraestructuras Educativas para la adquisición de equipamiento y productos TIC (Tecnologías de la Información y las Comunicaciones) por parte de los centros educativos públicos no universitarios de la Generalitat. Este catálogo permite a los centros adquirir una variedad de productos de software y hardware, siempre dentro de los límites y condiciones establecidos. 

¿Qué permite adquirir DELEGATIC en cuanto a productos software? 

El catálogo DELEGATIC permite a los centros adquirir diversos tipos de software, que se pueden clasificar de la siguiente manera: 

  • Software para alumnado con necesidades educativas especiales. Se incluye software que favorece el aprendizaje multisensorial, sistemas aumentativos y alternativos de comunicación, y programas específicos para mejorar la lectura, escritura, aprendizaje y comunicación. 
  • Software para Formación Profesional. Los centros pueden adquirir software necesario para alcanzar los resultados de aprendizaje establecidos en los currículos de la Comunitat Valenciana para los estudios de Formación Profesional. Este software debe estar orientado al aprendizaje de la utilidad o funcionalidad expuesta en cada caso y su uso es exclusivo para las enseñanzas de formación profesional del centro. 
  • Software para enseñanzas artísticas superiores y estudios de diseño y música (ISEACV). Se delega la compra de software como software antiplagio, software de gestión de biblioteca y registro público de TFT, software para encuestas, software de modelado 3D para arquitectura y mecánico, software CAD, software de animación, modelado y renderizado 3D, y software de composición musical. 
  • Software de control de hardware periférico delegado. Los centros también pueden adquirir software para el control del hardware periférico, siempre cumpliendo con los requisitos de seguridad y protección de datos. 
  • Software para la confección de horarios del profesorado. Se permite la adquisición de software destinado a la confección y generación de horarios del profesorado. 

Para aclarar el proceso de adquisición de software a través de DELEGATIC, es importante destacar que: 

  • La adquisición de software, de forma general, requiere de la autorización de la Dirección General de Infraestructuras Educativas, la cual se gestiona a través de la herramienta gvaSAI. 
  • Para cursar esta autorización, es necesaria la inclusión de una declaración responsable. Esta declaración debe ser firmada por el director o directora del centro educativo, certificando que el software adquirido cumple con los criterios de seguridad y protección de datos. 
  • En los casos en que el software involucre el tratamiento de datos personales, también será necesario un encargo de tratamiento de datos con la empresa proveedora

Además, los centros educativos deben asegurarse de que el software no esté explícitamente desautorizado en Appsedu por motivos de seguridad, protección de datos o reputación. 

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