ADMISIÓN CURSO 2023/2024
Es el proceso por el que todas y todos los alumnos pueden participar para poderse incorporar al sistema educativo:
- Por primera vez,
- Para iniciar una nueva etapa educativa en otro centro diferente.
- Para solicitar un cambio de centro sin cambiar de etapa, dentro del periodo ordinario.
Se podrá solicitar:
- Los nacidos en el año 2022 podrán participar en el proceso de admisión
en el tercer nivel del primer ciclo de Educación Infantil (aulas de 2 años) en centros de titularidad de la Generalitat. - Los nacidos en el año 2021, plaza en 3INF de Educació Infantil.
- Plaza en 1PRI de Educació Primaria el alumnado nacido en el año 2018.
- Plaza en cualquiera de los niveles de Educación Infantil i/o Educación Primaria.
1 .- El procedimiento de admisión para el curso 2024/2025 se tramitará de forma electrónica. La Administración educativa habilitará puntos de atención al usuario para aquellas personas que no disponen de medios electrónicos.
2.- Cada persona solicitante formulará una sola solicitud, que contendrá una declaración responsable de cada una de las circunstancias requeridas para la admisión. Ha de presentar la solicitud el padre, la madre o tutor/a legal.
3.- En el momento de formular la solicitud no se requerirá la aportación de la documentación acreditativa de las circunstancias declaradas.
4.- Los resultados se comunicarán a través de la sede electrónica de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte. En el apartado "Admisión del alumnado", donde se habilitará un sistema individualizado de consulta del procedimientoy la puntuación.
5.- La formulación de reclamaciones al resultado provisional y definitivo de admisión del alumnado se realizará por medios electrónicos (tendreis que guardar la Clave de Admisión para posibles reclamaciones).
6.- Para poder formular la solicitud es necesario obtener la "Clave de Admisión" con la verificación previa de la identidad del solicitante. La Clave de admisión consta de un identificador personal y una contraseña que se podrá obtener mediante algunos de los seguientes sistemas de verificación de identidad:
- Si disponeis de DNI:
- Nº de DNI
- Nº de apoyo (identificado como IDESP)
- Fecha de nacimiento.
- Marcar la casilla que indica su no oposición a la comprobación frente el Ministerio del Interior.
- Si disponeis de NIE:
- NIE
- Nº de apoyo (identificado como IXESP)
- Fecha de nacimiento
- Marcar la casilla que indica su no oposición a la comprobación frente el Ministerio del Interior.
- Si disponeis de Certificado de registro de Ciudadania de la Unión Europea:
- NIE
- Nº del certificado precedido por la letra C
- Fecha de nacimiento
- Marcar la casilla que indica su no oposición a la comprobación frente el Ministerio del Interior.
- Cualquier otro medio electrónico de verificación de identidad:
- Certificado digital emitido por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica de la Generalitat (ACCV).
- Sistema de identidad electrónica para las administraciones Cl @ viene.
- eDNI, con su respectivo lector.
- Si solo disponeis de Pasaporte o falta de posibilidades de acceso a medios electrónicos, tendreis que acudir al centro, con cita previa, donde soliciteis plaza.
(Se podran generar más Claves de Admisión para familias con hermanos, pero siempre será una clave por alumno y solicitud).
Al modelo de Solicitud accede desde la página Web de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, una vez obtenida la "Clave de Acceso".
La solicitud puede ser cumplimentada en más de una ocasión durante el período en que esté operativa la aplicación para formular solicitudes de admisión. En este caso se debe tener en cuenta la última solicitud presentada electrónicamente.
La solicitud incluye los siguientes apartados:
a) Identificación de la persona solicitante.
b) Identificación del alumno o alumna para el que se solicita plaza.
c) Identificación de los miembros de la unidad familiar.
d) Si los dos progenitores no conviven por motivos de separación, divorcio, nulidad matrimonial, ruptura de parejas de hecho o situaciones análogas y, en su caso, la posible limitación de la patria potestad de uno de ellos, marcar la casilla o las casillas habilitadas al efecto (en el momento de formalización de la matrícula, se deberá aportar la firma y consignar los datos del padre, madre o tutor diferente de la persona que formuló la solicitud de plaza).
e) Autorización a la Administración educativa para la obtención de los datos correspondientes a la renta familiar a través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), así como autorización para la consulta en el caso de ser persona destinataria de la renta valenciana de inclusión.
f) Circunstancias alegadas por el solicitante para el proceso de admisión.
g) Nivel educativo solicitado, programa lingüístico, modalidad y turno de Bachillerato, en su caso.
h) Declaración responsable de que las circunstancias alegadas ajustan a la realidad.
e) En el caso de alumnado procedente de centros no sostenidos con fondos públicos o de fuera de la Comunidad Valenciana, se debe hacer constar el compromiso de aportar la baja del centro anterior en el momento de la matrícula.
j) Centros solicitados, hasta un máximo de diez, ordenados según criterio de preferencia.
k) Correo electrónico, en el que recibirá la información necesaria para acceder a la consulta del resultado del procedimiento de admisión.
* La DECLARACIÓN RESPONSABLE (apartado h) sustituye la aportación de la documentación acreditativa de las circunstancias alegadas en el momento de formular la solicitud, sin perjuicio de la posterior acreditación y comprobación en el momento en que la situación sanitaria lo permita .
Se efectuará de acuerdo con el orden de prelación:
1.- El alumnado procedente del mismo centro escolar.
2.- El alumnado procedente de los centros adscritos.
3.- El alumnado que haya que cambiar de residencia por causa de violencia de género o de terrorismo.
4.- El alumnado que se encuentre en situación de acogida familiar o en guarda con fines de adopción.
5.- El alumnado de acogida residencial.
6.- El alumnado que haya que cambiar de residencia por desahucio familiar.
7.- El alumnado deportista de élite y de alto rendimiento.
1.- HERMANAS O HERMANOS MATRICULADOS EN EL CENTRO.
Se adjudicarán 15 puntos para cada uno de los hermanos o hermanas matriculados en el centro.
Documentación a aportar:
- Si los apellidos no son coincidentes, se aportará el libro de familia, certificado del registro civil o sentencia por la que se adjudique la tutela.
2.- PROXIMIDAD DEL DOMICILIO DONDE RESIDA ALUMNO O ALUMNA O DEL PUESTO DE TRABAJO DE ALGUNO DE LOS PADRES, MADRES O TUTORES LEGALES.
- Área de Influencia: 10 puntos .
- Área limítrofe: 5 puntos .
- Si los progenitores se encuentran separados y viven en domicilios distintos, se considerará el de quien tenga la custodia legal. Si el acuerdo es de custodia compartida, se valorará el domicilio donde se encuentre empadronado o empadronada del alumnado.
Documentación a aportar:
- El domicilio familiar se acreditará mediante la presentación del DNI del padre, madre o tutor / a y de un recibo reciente de agua, luz o teléfono o contrato de alquiler.
- Si hay discrepancia entre los domicilios que figuras en dos documentos, se podrá requerir un certificado de residencia expedido por el Ayuntamiento.
- En el caso de que se presente un contrato de alquiler, deberá acreditarse que se ha efectuado el correspondiente depósito de fianza (modelo 805 ó 806) en la Consejería competente en materia de hacienda.
- Los trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena aportarán certificado emitido por la empresa en que acredite suficientemente la relación laboral y el domicilio del centro de trabajo.
Los trabajadores y trabajadoras por cuenta propia lo acreditarán aportando la declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores (modelo 036 ó 037).
3.- RENTA FAMILIAR.
- Las rentas anuales de la unidad familiar se valorarán de acuerdo con el indicador público de renta a efectos múltiples (IPREM) correspondiente a 14 pagas, asignando la siguiente puntuación:
- Renta anual per cápita igual o inferior a la mitad del IPREM: 7 puntos.
- Renta anual per cápita superior a la mitad del IPREM e inferior o igual al IPREM: 6 puntos.
- Renta anual per cápita superior al IPREM e inferior o igual al resultado de multiplicar el IPREM por 1'5: 5 puntos .
- Renta anual per cápita superior al resultado de multiplicar el IPREM por 1'5 e inferior o igual al resultar de multiplicar el IPREM POR 2: 4 puntos .
Documentación a aportar:
Rellenar el Anexo VI.
4.- CONDICIÓN DE PERSONA DESTINATARIA DE LA RENTA VALENCIANA DE INCLUSIÓN (RVI). 7 puntos.
5.- MADRE, PADRE O TUTORES LEGALES TRABAJADORES LOS CENTRO DOCENTE.
La circunstancia de que uno o ambos padres, madres o tutores sean trabajadores, en activo, en el centro docente se valorará con 7 puntos.
No hay documentación: Será acreditado por la dirección del centro.
6.- CONDICIÓN LEGAL DE FAMILIA NUMEROSA.
- Condición de Familia Numerosa General: 5 puntos.
- Condición de Familia Numerosa Especial: 7 puntos.
Documentación que se aportará:
- Título oficial de familia numerosa (artículo 4 de la ley 40/2003).
7.- ALUMNADO NACIDO DE PARTO MÚLTIPLE. 1 punto por cada hermano o hermana nacido en el mismo parto.
8.- FAMILIA MONOPARENTAL.
Familia Monoparental General: 5 puntos .
Familia Monoparental Especial: 7 puntos .
Documentación que se aportará:
- Título de familia Monoparental expedido por la Consejería competente en materia de familia.
9.- DISCAPACIDAD.
- Discapacidad del alumno:
Del 33% al 64%: 4 puntos .
Igual o superior a 65%: 7 puntos .
- Discapacidad de los padres, madres, tutores / as o hermanos / as del alumno / a, por cada uno:
Del 33% al 64%: 3 puntos .
Igual o superior al 65%: 5 puntos .
Documentación que se aportará:
- Certificado correspondiente o tarjeta acreditativa de la condición de persona con discapacidad emitidos por la Consejería competente en materia de bienestar social.
- Resolución por la que se reconoce a los padres o madres o tutores y hermanos o hermanas, en su caso, una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y los / las pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente.
10.- CIRCUNSTANCIA ESPECÍFICA ESTABLECIDA POR EL CENTRO. 1 punto
Existencia de hermanos o hermanas, uno otra persona integrante de la *familia de acogida familiar o en guarda con fines de adopción, matriculados en el centro.
Que se haya solicitado lo centro en primera opción.
(esta circunstancia específica solo añadirá un punto aunque se cumplan ambos criterios)
* - LA FALSEDAD EN LOS DATOS APORTADOS DARÁ LUGAR A LA ANULACIÓN DE LA SOLICITUD Y ESCOLARIZARÁ EL ALUMNO O ALUMNA DONDE QUEDEN PUESTOS VACANTES UNA VEZ FINALIZADO EL PROCESO DE ADMISIÓN.
Es la última fase necesaria del procedimiento de admisión y, por tanto, obligatoria en la que se deberá aportar toda la documentación que se requiera.
El alumnado admitido en el procedimiento de admisión ha de formalizar la matrícula, antes del 23 de julio. Se puede realizar de manera telemática del 15 al 19 de julio o de manera presencial, acudiendo al centro, del 15 al 23 de julio.
* En caso de que se haya marcado la casilla de existencia de no convivencia de los progenitores, se deberá aportar la firma y consignar los datos del padre, madre o tutor diferente de la persona que formuló la solicitud de plaza.
* Cuando el alumnado procede de un centro no sostenido con fondos públicos o de fuera de la Comunidad Valenciana, en el momento de matricularse, debe presentar un certificado de baja del centro anterior, con efectos del curso para el que se participa en el proceso de admisión, así como un certificado de promoción / no promoción que debe recoger su situación académica.
IMPORTANTE: "SI NO SE FORMALIZA, LA MATRÍCULA NO PUEDE SER VÁLIDA".