Normativa

¿ Quién puede solicitarlo?

Interesados/Solicitante

  • Podrán solicitarlo las personas responsables legales del alumnado que se matricule en el curso 2024-2025 en las enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, ciclos formativos de grado básico, en aulas de comunicación y lenguaje o en unidades de Educación Especial en centros ordinarios, de titularidad de la Generalitat Valenciana, centros privados concertados o de titularidad de corporaciones locales de la Comunidad Valenciana, y que no eran participantes en el Programa de Banco de Libros en el curso anterior.
  • El alumnado participando en el programa de banco de libros durante el curso 2023-2024 no tendrá que presentar ninguna solicitud para ser participante en el banco de libros 2024-2025, puesto que esta condición se mantiene, excepto si ejercen su derecho de renuncia. Esta renuncia no los eximirá de la obligación de devolver los libros dejados en régimen de préstamo.
  • El alumnado matriculado el curso 2024-2025 en Centros de Acción Educativa Singular (CAES) y centros de educación especial específicos se considera participando en el banco de libros, por lo tanto, NO se requiere la solicitud de participación individual en el programa.

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