
NORMATIVA
REFORMA DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL
NOVEDADES Y CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN LOMCE
EDUCACIÓN PRIMARIA
- El área Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural se divide en Ciencias de la Naturaleza y Ciencias Sociales.
- Se introduce el área Valores Sociales y Cívicos como alternativa al área de Religión, en lugar de las medidas de atención educativa del centro que no permitían el aprendizaje de contenidos curriculares.
- La lengua castellana o la lengua cooficial sólo se utilizarán como apoyo en el proceso de aprendizaje de la lengua extranjera. Se priorizarán la comprensión y la expresión oral.
- Pruebas de detección precoz de dificultades de aprendizaje en 3º: se comprobará el grado de dominio de las destrezas, capacidades y habilidades en expresión y comprensión oral y escrita, cálculo y resolución de problemas en relación con el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística y de la competencia matemática. El equipo docente podrá adoptar las medidas más adecuadas.
- Evaluación final: se comprobará el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística, de la competencia matemática y de las competencias básicas en ciencia y tecnología, sin efectos académicos.
- El Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá los criterios de evaluación y las características generales de las pruebas para todo el Sistema Educativo Español con el fin de asegurar unos criterios y características de evaluación comunes a todo el territorio. Se entregará un informe con el resultado obtenido a familias y centros de Primaria y ESO, y se podrán poner en marcha medidas de apoyo al alumnado y planes de mejora de centros.
Implantación:
-Cursos 1º, 3º y 5º: curso escolar 2014-2015.
-Cursos 2º, 4º y 6º: curso escolar 2015-2016.
NORMATIVA LOMCE
OMCE Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa
Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria
LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN 2/2006
LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación
REAL DECRETO 1630/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de Educación infantil
HORARIO DEL CURSO
Septiembre y Junio: de lunes a viernes de 9.00h a 13.00h
de Octubre a Mayo: de lunes a miércoles de 9.00h a 12.30h y de 15.00 a 16.30h
jueves de 9.00h a 13.15h y de 15.15 a 16.45h
viernes de 9.00 a 13.15
