🧾 Resumen del Decreto
Objeto:
Conceder una ayuda extraordinaria y única de 500 euros por alumno/a para la adquisición de material escolar, dirigida al alumnado matriculado en centros públicos, privados o concertados de municipios afectados por la DANA del 29 de octubre de 2024.
Ámbito:
Abarca enseñanzas regladas no universitarias (desde Infantil de 2º ciclo hasta Formación Profesional, enseñanzas artísticas, de idiomas y de adultos).
Se excluyen los centros de Infantil de primer ciclo y centros extranjeros equivalentes .
Beneficiarios:
Alumnado matriculado en alguno de los centros incluidos en el anexo del decreto, a fecha 30 de septiembre de 2025.
Cuantía:
• 500 € por alumno/a (acumulable si hay varios hijos).
• Importe total destinado: 100.558.500 €, con posibilidad de ampliación presupuestaria.
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📝 Procedimiento de Solicitud
Plazo:
Del 20 de octubre de 2025 (09:00 h) al 19 de noviembre de 2025 (15:00 h) .
Dónde se solicita:
A través de la Secretaría Digital de la Generalitat Valenciana, en el enlace oficial:
👉 https://ceice.gva.es/es/informacio-dana
Quién puede presentarla:
• El padre, madre o tutor/a legal del alumno/a.
• El propio alumno/a si es mayor de 18 años.
Identificación necesaria:
Puede accederse mediante:
• DNI + IDESP + fecha de nacimiento
• NIE + IXESP + fecha de nacimiento
• Certificado de ciudadano de la UE
• Certificado digital (ACCV, Cl@ve o eDNI)
Ayuda presencial:
Quienes no dispongan de medios electrónicos pueden acudir al centro donde estudie el alumno/a. Los centros están obligados a habilitar un ordenador con internet.
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📂 Documentación y datos requeridos
El formulario debe incluir:
• NIA del alumno/a
• Datos del solicitante y relación con el alumno/a
• Cuenta bancaria (IBAN) del solicitante
• Declaración responsable de:
• Ser titular de la cuenta bancaria.
• No presentar otra solicitud para la misma ayuda.
• Haber sufrido gastos extraordinarios por la pérdida de material escolar.
Solo se admite una solicitud por alumno/a (la primera registrada).
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💳 Forma de Pago
• Se abona en un único pago por transferencia bancaria a la cuenta indicada en la solicitud .
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📑 Justificación del gasto
Los beneficiarios deben justificar que el dinero se usó para material escolar, aportando:
• Facturas, recibos, tickets, justificantes bancarios o cualquier documento que pruebe el gasto.
El importe debe destinarse íntegramente a la compra de material escolar.
La administración podrá requerir la documentación justificativa en los controles posteriores .
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🕵️♀️ Control y comprobaciones
• Se realizará un control aleatorio del 10 % de las ayudas concedidas.
• Si se detecta irregularidad o falsedad, se reintegra la ayuda completa con intereses de demora.
• Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, siempre que no se supere el gasto real.
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⚖️ Régimen jurídico y recursos
• Se rige por la Ley 38/2003 de Subvenciones y la Ley 1/2015 de Hacienda Pública Valenciana.
• Contra la resolución puede interponerse recurso de reposición (1 mes) o recurso contencioso-administrativo (2 meses).
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💡 En resumen, para justificar y tramitar:
1. Solicita la ayuda online (o desde el centro) entre el 20/10 y el 19/11/2025.
2. Adjunta tus datos y cuenta bancaria correctamente.
3. Guarda todas las facturas o tickets del material escolar comprado.
4. Si te lo requieren, presenta los justificantes para demostrar el uso correcto.
5. Recibirás el pago en tu cuenta tras la resolución (máximo 3 meses después del cierre del plazo).
