El alumnado oficial perderá la escolaridad a partir de 10 faltas a clase injustificadas.
Cuando esta situación se produzca, el profesor o profesora entregará a Jefatura de Estudios una relación con los nombres y número de expediente de aquellas personas que por faltar a clase pierden la escolaridad.
La no asistencia a clase por motivos injustificados y, por ende, la pérdida de escolaridad, comportará la pérdida del derecho a la evaluación continua, aunque el alumno/a conserve siempre el derecho a las pruebas finales de mayo y extraordinaria de junio en el caso del alumnado matriculado en los cursos no conducentes a certificación y 2A2, y a las pruebas finales de mayo y certificación en el caso del alumnado matriculado en los cursos conducentes a certificación.