Según el artículo 18 de la Orden 46/2010, de 28 de mayo, de la conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas de comedor escolar en los centros educativos no universitarios de titularidad de la Generalitat, establece que la dirección general con competencias en materia de ordenación y centros docentes decidirá la puntuación mínima a partir de la cuál se concederán las ayudas de comedor de carácter asistencial, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, comunicándolo a las direcciones territoriales.
Por lo expuesto, se resuelve
Primero.- Que todos los solicitantes que hayan obtenido 20 ó 19 puntos en el baremo aplicable según la mencionada resolución de 20 de junio de 2013, serán beneficiarios del 100% de la ayuda de comedor escolar. Siendo la cuantía diaria de la ayuda de 3,94 €.