Como requisito previo a la expedición de los títulos profesionales de la marina mercante regulados en los artículos 15, 16, 22 y 23 del Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, por el que se regulan los títulos profesionales y de competencia de la Marina Mercante, los aspirantes a los títulos de:
- PATRÓN DE ALTURA DE LA MARINA MERCANTE
- PATRÓN DE LITORAL DE LA MARINA MERCANTE
- MECÁNICO MAYOR NAVAL DE LA MARINA MERCANTE
- MECÁNICO NAVAL DE LA MARINA MERCANTE
Deberán superar las correspondientes pruebas de idoneidad profesional para ejercer a bordo de los buques mercantes.
Regulación Normativa
Información De Marina Mercante relativa al Procedimiento
Enlaces a Marina Mercante e información relevante de la prueba
Admisión de prácticas para acceder a la prueba de idoneidad
Matriculación en prueba de idoneidad
Prácticas de alumnos
Información de la prueba de Idoneidad
BOE anexo I, II, III, IV
Instrucciones para la obtención del certificado de prácticas obligatorias admitidas
El Certificado de prácticas obligatorias admitidas, podrá ser solicitado en cualquier momento del año en curso, No es necesario esperar al plazo de inscripción a las pruebas de idoneidad.
