OPERACIONES SUBACUÁTICAS E HIPERBÁRICAS
FAMILIA PROFESIONAL: Marítimo pesquera
- RD 1073/2012, de 13 de julio
- Currículo CV: DECRETO 121/2017, de 8 de septiembre
- Corrección de errores
Grado Medio 2000 horas
QUÉ OCUPACIONES PUEDES DESEMPEŇAR
Jefe de equipo de buceo profesional en inmersiones a intervención hasta la presión y profundidad máxima que permiten las normas de seguridad vigente, utilizando aire y nitrox.
Buceador profesional de apoyo en inmersiones a intervención hasta la presión y profundidad máxima que permiten las normas de seguridad vigente, utilizando aire y nitrox: En trabajos de acuicultura.
En trabajos de voladura subacuática.
En trabajos de alta mar como apoyo a los buceadores profesionales de gran profundidad a saturación.
En trabajos de arqueología subacuática.
En trabajos de mostreig e investigación biológica.
En trabajos de ensayos no destructivos.
En trabajos de filmación y fotografía submarina.
En trabajos de colaboración excepcional con cuerpos de seguridad del estado.
En trabajos de colaboración excepcional con cuerpos de emergencias, como Salvamento Marítimo, UME, Protección Civil, Bomberos.
Operador especialista en instalaciones y plantas hiperbáricas. Operador especialista en cámaras hiperbáricas.
Buceador profesional especialista en reparaciones a flotación y reflotamientos.
Buceador profesional especialista en corte y soldadura subacuática.
Operador auxiliar en los trabajos hiperbáricos hasta la presión y profundidad máxima que permiten las normas de seguridad vigente, utilizando aire y nitrox en ambientes confinados subterráneos en hábitats secos o con fluidos diferentes del agua para la realización de perforaciones con tuneladoras u otros equipos de perforación.
Buceador profesional especialista en construcción y obra hidráulica.
Buceador profesional especialista en inmersiones desde campana húmeda.
Operador especialista en el mantenimiento de equipos hiperbáricos en empresas homologadas.
Patrón dedicado al transporte marítimo de mercancías y/o pasajeros, servicios de practicaje, seguridad, salvamento marítimo, buceo e investigación, entre otros actividades, con las atribuciones establecidas para el patrón portuario en el Artículo 10 del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.
Marinero especialista de cubierta.
Marinero especialista de máquinas.
MÓDULOS PROFESIONALES
- Primer curso
- Intervención hiperbárica con aire y nitrox.
- Instalaciones y equipos hiperbáricos.
- Corte y soldadura.
- Fisiopatología del buceo y emergencias.
- Formación y orientación laboral.
- Empresa e iniciativa emprendedora.
- Horario reservado para la docencia en inglés
- Segundo curso
- Reparaciones y reflotamientos.
- Construcción y obra hidráulica.
- Navegación.
- Maniobra y propulsión.
- Inmersión desde campana húmeda.
- Horario reservado para la docencia en inglés.
- Formación en centros de trabajo.